Archivado en Acuerdos
.png)
6ª Reunión de negociación del despido colectivo PEPCO con acuerdo
Hoy, 22 de julio, ha tenido lugar la sexta reunión de negociación en la cual hemos alcanzado un ACUERDO con la dirección de la empresa.
El objetivo prioritario de CCOO en esta negociación siempre ha sido el mantenimiento del empleo pero también que las personas que finalmente tuvieran que salir de la empresa lo hagan en las mejores condiciones. Ambos objetivos se cumplen con la firma de este Acuerdo:
- Reducción de despidos: hemos conseguido reducir el número de despidos pasando de 232 a 209 así como desafectar 3 tiendas, pasando de 13 afectadas a 10.
- Indemnización por despido: hemos conseguido una indemnización de 32 días con un máximo de 20 mensualidades para las personas que finalmente salgan de la empresa. En la liquidación al personal de Servicios Centrales se les incluirá el bonus que esté en curso a la fecha de la extinción de su contrato de trabajo con las condiciones establecidas habitualmente y al personal de tiendas que cierran se les incluirá el complemento de permanencia que se abonará en los términos y fechas pactados para cada trabajador o trabajadora individual teniendo en cuenta las funciones y tareas realmente realizadas.
- Protección de colectivos más vulnerables: para las tiendas con exceso de plantilla o puestos de servicios centrales que no desaparecen en su totalidad:
- Personas trabajadoras víctimas de violencia de genero. Representantes legales de las personas trabajadoras.
- Trabajadoras embarazadas.
- Personas trabajadoras con menores a cargo con enfermedades previstas en el Anexo al RD 1148/2011, y personas trabajadoras afectadas por algunas de las enfermedades previstas en todos los apartados excepto el V del RD 1148/2011.
- Voluntariedad/permutas: las personas trabajadoras que quieran adscribirse voluntariamente para extinguir su contrato así como las interesadas en recolocación en otras vacantes o permutas, deberán comunicarlo dentro del plazo previsto que es del 23 al 29 de julio, ambos inclusive y se hará a través de un formulario que la empresa publicará en la Newsletter a través de un QR.
- Bolsa de empleo: la persona trabajadora que reingrese después de haber sido despedida deberá retornar la indemnización percibida según el tiempo que haya tardado en retornar, haciéndose un prorrateo de la indemnización, manteniendo la antigüedad acreditada con anterioridad a la extinción contractual.
Estas cuestiones son las más relevantes del Acuerdo no obstante para ampliar más información sobres estas u otras cuestiones os podéis poner en contacto con vuestras y vuestros delegados de CCOO