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EHLIS condenada por vulneración de derecho de libertad sindical
La justicia da la razón a CCOO y condena a la empresa EHLIS por vulneración del derecho a la libertad sindical
La sentencia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Toledo determina que la actuación de la empresa privó a los candidatos de CCOO “poder desarrollar libremente sus facultades sindicales con evidentes perjuicios para ellos no solamente en su esfera profesional, sino también personal o moral”.
Desde el momento en el que se preavisó de la celebración de elecciones, la empresa inició una campaña de acoso y persecución sindical contra los cuatro candidatos de CCOO
Toledo, 1 de junio de 2025. La justicia vuelve a dar la razón a CCOO, estimando la demanda en materia de tutela de derechos fundamentales presentada contra la empresa EHLIS, y a la que el Juzgado de lo Social n.º 2 de Toledo condena por vulneración del derecho a la libertad sindical de los delegados y delegadas de CCOO.
EHLIS está dedicada a la distribución de productos de ferretería y suministro industrial con un centro logístico en Illescas.
CCOO Servicios de Toledo denuncia la persecución sindical de la empresa a los candidatos de este sindicato ya desde el momento en el que presentó el preaviso de la celebración de elecciones sindicales. Una campaña de acoso hacia las cuatro personas candidatas de CCOO a través de sanciones que conllevaban la pérdida de salario entre 15 días y un mes.
Asimismo, tras la constitución de la mesa electoral y hasta la realización de las elecciones, desde la empresa se presionó, de manera individual, a los trabajadores y trabajadoras para que votasen a la candidatura de otro sindicato mediante la insinuación de consecuencias negativas como la no renovación del contrato si apoyaban a CCOO. Además, desde la empresa se prohibió a las personas candidatas de CCOO la realización de asambleas e incluso a dirigirse y hablar con los trabajadores y trabajadoras de la empresa, ni siquiera en los cambios de turno, llegando a sancionarles, mientras que los candidatos de otro sindicato (UGT) sí que podían hacerlo, incluso durante la jornada laboral. También a los candidatos de CCOO se les vigilaba en el desarrollo de sus labores profesionales ordinarias, denuncia Rocío Fernández, coordinadora provincial de la Federación de Servicios de CCOO Toledo.
Estas continuas malas prácticas por parte de la empresa EHLIS hacia la representación sindical de Comisiones Obreras, esta persecución sindical, estas actuaciones de acoso y derribo en represalia por su actividad sindical han afectado a la salud de estas personas, que han estado en situación de baja laboral por trastornos de ansiedad.
Por todo ello, la sentencia judicial concluye que la empresa ha vulnerado el derecho de libertad sindical reconocido en la Constitución Española, privando con su actuación el libre desarrollo de las facultades sindicales con evidentes perjuicios para estas personas no solamente en su esfera profesional, sino también personal o moral.
Esta sentencia es un ejemplo más de los muchos que vienen a reafirmar que los Servicios Jurídicos de CCOO son la mejor garantía para la defensa y protección de los derechos laborales y sociales de los trabajadores y trabajadoras, ofreciendo un asesoramiento jurídico integral.
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