Archivado en Comunicados, Negociacion Colectiva, Empleo

Acuerdo de bajas incentivadas en Dia

Alcanzado acuerdo, plan de bajas incentivadas. Día

Se podrán adherir voluntariamente hasta un máximo de 366 posiciones entre los menores de 57 años y 27 posiciones que se incluirán en un plan de rentas para los mayores de 57 años


pdf print pmail

Plna de bajas dia

Procedimiento

Solicitud: El Interesado deberá comunicar expresamente su voluntad de adherirse al Plan de Bajas Incentivadas dentro del periodo comprendido del 9 al 30 de noviembre de 2020 (ambos inclusive) mediante la cumplimentación del formulario disponible en el Portal del empleado y en la Comunicación del Acuerdo, que irá dirigido a las personas de contacto del Departamento de Recursos Humanos.

Resolución: La Empresa deberá resolver y enviar la comunicación de su decisión al Interesado desde el 1 al 9 de diciembre de 2020 (ambos incluidos). La contestación será mediante e-mail en el que se indicará si la solicitud ha sido aceptada o no, explicándose en dicho correo electrónico, las condiciones y demás pasos a seguir para la extinción de mutuo acuerdo.

Fecha de extinción: La Empresa y el Interesado establecerán de mutuo acuerdo, la fecha de la extinción y que habrá de ser dentro del periodo de 24 de diciembre de 2020 al 15 de enero de 2021. 

Condiciones

Indemnización  máxima legal contratos anteriores al 12 de febrero de 2012 

Para los contratos formalizados con anterioridad al 12 de febrero de 2012, a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de se rvicios anterior a dicha fecha, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior, prorrateándose igualmente por meses los periodos de tiempo inferiores a un año . 

Indemnización máxima legal contratos posteriores al 12 de febrero de 2012 

Para los contratos suscritos con po sterioridad al 12 de febrero de 2012, la indemnización será de 33 días de salario por año de s ervicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades. 

Asesoramiento  fiscal: 

Especializado y personalizado con el fin de poder determinar la opción más óptima para percibir las cuantía s referidas (a través de un único pago o prorrateándose la cantidad en pagos iguales en 3 o 5 años).   

primaadicional

Programa de outplacement o de acompan?amiento:

Sera? llevado a cabo por una empresa externa independiente durante un periodo de hasta 9 meses, ampliable hasta 12 meses 

Plan de Rentas

Para las 27 posiciones  cuya edad, a 31 de diciembre de 2020, sea de 57 o más años de edad y que hayan aceptado voluntariamente la extinción de su contrato, se acuerda como compensación por la extinción de mutuo acuerdo de su contrato de trabajo, un Plan de Rentas, del cual serán beneficiarios, con arreglo a lo siguiente 

plna de rentas

En el supuesto de fallecimiento del trabajador afectado antes de la finalización del plan, la persona que se haya designado beneficiaria percibirá, en sus respectivas fechas, el 100% del Complemento pendiente de percibir.

En el supuesto de que el Beneficiario vuelva a trabajar el derecho a las Rentas Brutas también se mantendrá.

Convenio Especial con la Seguridad Social (CESS)

La Empresa financiará el coste del Convenio Especial con la Seguridad Social hasta la fecha en la que el trabajador cumpla 63, 64 o 65 años, según el cas o.

En concreto, mediante el abono del importe bruto que corresponda mediante transferencia bancaria en la cuenta en la que el Beneficiario venía percibiendo sus haber es salariales en el plazo de 10 días laborables desde la Fecha de Extinción , la totalidad del coste del Convenio Especial con la Seguridad Social hasta que el Beneficiario cumpla 63 años (para aquellos con 57 58, 59 o 60 años cumplidos a 31.12.2020), 64 años (para aquellos con 61 años cumplidos a 31.12.2020) o 65 años (para aquellos con 62 años cumpl i do s a 31.12.2020), según el caso.

Comisión de Seguimiento:

Se crea una comisión de seguimiento para apoyar a todas aquellas personas que voluntariamente decidan adherirse a dichos planes.

Valoramos positivamente el acuerdo alcanzado entre las partes, dado el contexto actual de la compañía, y que por lo tanto cumple con los requisitos que se pretendían al inicio de la negociación.

Por ultimo señalar que hoy se ha formalizado el acuerdo de Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo en DIA RETAL, en los mismos términos del preacuerdo alcanzado el pasado 29 de octubre 

Logos sindicatos

banner afiliación

Infórmate

CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más


Síguenos en Telegram

Dónde estamos


OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96
Email: contacta@servicios.ccoo.es