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Medidas Estructurales y Movilidad Funcional
Las medidas estructurales derivadas del Acuerdo por el Mantenimiento del Empleo firmado el pasado 27 de mayo comienzan el 1 de septiembre y se empezará aplicar la cláusula de movilidad funcional en los centros de trabajo con el límite del 20% de la jornada contratada y sujeta a las siguientes reglas:
- Mismo salario: La aplicación de la movilidad funcional no podrá suponer merma o reducción en el salario de grupo de la persona trabajadora.
- Formación en las tareas a desempeñar y en materia de seguridad.
- Traslados temporales a otro centro, cómo mínimo de 7 días y siempre dentro de la provincia y prevaleciendo el más cercano al domicilio con preaviso previo de al menos 3 días.
- La movilidad funcional en el mismo centro tendrá una programación mínima de 1 día.
- La movilidad que implique un cambio de jornada se ajustará al art. 34.2 del ET (el 10% de la jornada) respetando el descanso diario y semanal con preaviso previo de al menos 7 días y de 3 días si la modificación es +/- de una hora.
- En caso de movilidad desde puestos con comisiones a una función sin incentivos se aplicará el 50% de la media de comisión del mes del departamento de origen siendo la compensación del 100% si la movilidad supera los 15 días durante el mejor mes de venta.
- La movilidad que implique cambio a áreas sin sistema de incentivos conllevará la reducción del mínimo exento desde el primer día.
CCOO vamos a estar muy atentos a la correcta aplicación por parte de la empresa. Cualquier incidencia, reclamación, duda, etc. estamos a tu disposición.
Ahora, más que nunca, es el momento de estar en CCOO

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