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Convenio de Banca: Firmado el preacuerdo para 2003 y 2004
En la reunión de la Mesa Negociadora del Convenio de Banca, celebrada hoy día 5 de febrero, COMFIACC.OO. y FESUGT, con una representación del 80,53%, hemos alcanzado un preacuerdo con AEB, que permitirá la firma del Convenio Colectivo en la próxima reunión de la Mesa.
El acuerdo, como ya informábamos en nuestra circular del pasado día 3, con vigencia para 2003 y 2004, incluye todos los puntos que informábamos en la misma y que volvemos a reproducir al dorso de esta circular.
Respecto de los dos temas pendientes de concluir, el resultado final ha sido desigual.
Además de la subida del 2,75% de 2003, se incrementan, para 2004, un 7,90% los Pluses de Polivalencia Funcional y de Servicios Generales, lo que supone una subida media del 0,20% más, sobre tablas salariales.
También, además del 2,75% de 2003, se incrementa, para 2004, un 13,60% el Plus Transitorio de los técnicos de Nivel VII y VIII con funciones de responsabilidad administrativa u operativa. En este caso, supone una subida media del 0,17% más, sobre tablas salariales.
En cuanto a las vacaciones no ha sido posible alcanzar un acuerdo. AEB aceptaba el cambio de 30 días naturales por 23 días laborables o 24 días, si se tomaban 10 días fuera del periodo de junio a septiembre, pero pretendía que computaran como laborables los sábados de los seis meses que se trabajan. Ante este desacuerdo en el cómputo, que no se aplica en ningún banco de los que ya tienen días laborables, con lo que no se establecería ninguna mejora, lógicamente hemos dejado las cosas como estaban, es decir, 30 días naturales.
COMFIACC.OO. y FESUGT valoramos positivamente el preacuerdo alcanzado. La negociación colectiva demuestra su importancia y utilidad para mejorar los salarios y los derechos de los trabajadores y con este acuerdo mejoran ambas cosas.
Se mejora el poder adquisitivo; se recupera la cláusula de revisión salarial; por primera vez se incorporan al Convenio derechos en igualdad de oportunidades, conciliación de la vida laboral y familiar y pautas ante el acoso sexual; se mejoran derechos en los complementos de viudedad y orfandad, incapacidad laboral transitoria y se suprime el artículo de absentismo; también se mejoran derechos en formación, carrera profesional y ciberderechos.
Alcanzar este acuerdo de Convenio ha sido un proceso largo y difícil, en el que la falta inicial de diálogo de AEB nos obligó a las movilizaciones de los últimos meses de 2003. Finalmente se ha demostrado, una vez más, que la negociación colectiva, con diálogo, es la mejor forma de regular y mejorar nuestros derechos.
Con este acuerdo, el conjunto de los trabajadores y trabajadores de banca mejoramos nuestros derechos y nos situamos en mejores condiciones para afrontar futuras negociaciones de nuestro Convenio Colectivo.
Madrid, 5 de febrero de 2004
Contenido del Convenio Colectivo de Banca 2003 - 2004
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Vigencia.- Desde 1-1-2003 hasta 31-12-2004.
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Salarios, incremento de todos los conceptos incluidos o vinculados al Art. 12 del Convenio:
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Año 2003.- Incremento del 2,75% (0,15 puntos por encima del IPC).
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Año 2004.- Incremento del 2,50% (0,50 puntos por encima de la previsión de IPC), con cláusula de revisión en caso de que el IPC supere el 2,50%, con efectos económicos a partir del 1-1-2005, actualizando las tablas salariales.
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Plus de polivalencia funcional y Plus de Servicios Generales.- Incremento del 7,90% para 2004, lo que supone una subida media del 0,20% más, sobre tablas salariales.
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Plus transitorio.- Incremento del 13,60% para 2004, lo que supone una subida media del 0,17% más, sobre tablas salariales.
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Vinculación al Art. 12 del Convenio del Plus de polivalencia y el de Servicios Generales.
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Ayuda alimentaria.- Desde 1-1-2004 el importe de la misma será de 7,25 euros, lo que supone un incremento del 20,63%.
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Igualdad de oportunidades.- Cláusula de garantía y compromiso de no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra circunstancia personal o social. También se incorporan medidas para fomentar la formación y promoción en la empresa.
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Conciliación de la vida laboral y familiar.- Se actualiza el texto del Convenio, incorporando el redactado de la Ley de Conciliación de la Vida familiar y laboral 39/1999. Se regulan nuevos derechos en licencias por nacimiento, fallecimiento, accidente o enfermedad, así como para acompañar a los hijos menores de 8 años a los servicios de asistencia sanitaria. Igualmente se mejoran los supuestos de parto, lactancia, guarda legal, adopción y acogimiento. También se incorporan nuevos derechos de excedencia para el cuidado de hijos y familiares.
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Acoso sexual.- Se establece un protocolo de actuación para los casos de acoso sexual que se denuncien en la empresa, mediante un procedimiento interno de apertura de expediente informativo y adopción de medidas al efecto.
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Absentismo.- Se elimina el artículo 41 del Convenio, por el que se realizaban descuentos del 20% o del 10% del salario, si la baja era inferior a quince días. Los bancos abonarán el 100% del salario durante los 18 meses máximos de baja establecidos por la Seguridad Social.
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Previsión Social Complementaria:
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Se establece el complemento de viudedad y orfandad para el caso de fallecimiento en situación de invalidez permanente. Hasta ahora sólo estaba cubierto en situación de activos o jubilados.
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La percepción del complemento de orfandad hasta su recuperación, con independencia de la edad, se amplía a las minusvalías físicas, hasta ahora era sólo a las minusvalías psíquicas,
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Se establece la jubilación a la edad máxima de 65 años, por decisión propia o del banco, siempre que se tenga acceso a pensión de la Seguridad Social.
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Dietas.- Desde la entrada en vigor del Convenio, se unifican las actuales de técnicos y administrativos, en una dieta única con el importe de la de técnicos, más un incremento del 10% para 2003 y 2,50% para 2004.
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Carrera Profesional.- Se rebaja de 4 a 3 años los necesarios para poder presentarse a los exámenes de ascenso a Nivel VIII.
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Créditos vivienda.- Se amplía a 60.000 el importe máximo del crédito, un 33,11%, y a 300, un 13,77%, el importe de la dotación anual por empleado al fondo.
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Formación.- Se establecen permisos no retribuidos, de 1 a 6 meses, para finalizar estudios superiores o doctorados y se garantiza el acceso a la formación para la representación sindical, durante y al finalizar su mandato.
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Ciberderechos.- Los sindicatos dispondrán de lugar en la intranet para facilitar la información de afiliados y trabajadores.
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