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Registro de jornada de trabajo
El pasado día 8 de marzo se aprobó el RDL 8/2019, en el cual se recoge “La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada”.
Desde estas Sección Sindical Estatal vamos a solicitar a la Dirección de la empresa que se implanten en todos los centros de trabajo sistemas de registro de jornada seguros y objetivos, y dado que en los Servicios Centrales de Paradores se registra la jornada a través de un sistema biométrico (Huella dactilar), nuestras solicitud será que se extienda este sistema al resto de centros de trabajo.
Acuerdo en materia de permisos y ausencias en horario de trabajo en Rural Servicios Informáticos, S.C.
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