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Firmada la ampliación de vigencia del Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH) hasta finales de 2020
La Comisión Negociadora del Acuerdo Laboral de ámbito Estatal del sector de Hostelería (ALEH), compuesta por las patronales legitimadas CEHAT y FEHR, y los sindicatos mayoritarios a nivel Estatal CCOO Servicios y FeSMC-UGT, hemos acordado ampliar el ámbito temporal hasta el 31 de diciembre de 2020; así como incluir en el texto vigente aquellos acuerdos de interpretación que se se han venido produciendo durante este tiempo desde la firma del V ALEH (BOE de 21 de mayo de 2015). Lamentamos que los sindicatos representativos a nivel autonómicos LAB y ELA, no hayan comparecido, a pesar de haber sido debidamente emplazados a la presente Comisión Negociadora del ALEH V. La CIG, si ha estado pero no ha firmado.
Además de la ampliación del ámbito temporal, se ha acordado introducir en el ámbito funcional “el reparto de comidas elaboradas o preparadas y bebidas, a pie o en cualquier tipo de vehículo que no precise autorización administrativa establecida por la normativa de transporte, como prestación de servicio propio del establecimiento o por encargo de otra empresa, incluidas las plataformas digitales o a través de las mismas”. En línea a esta decisión, se ha ampliado la actividad de reparto de comidas y bebidas en el Área Funcional Tercera, así como la definición del puesto de trabajo de Repartidor/a de comidas y bebidas, asignándolo al Grupo Profesional Tercero, de la clasificación profesional. También se ha definido el puesto de trabajo de Escanciador/ra: “realizar de forma cualificada el servicio de escanciado de la sidra natural, dominando las técnicas de escanciado de la sidra, en la sala, a la vista de la clientela, de manera autónoma y responsable”; asignándolo al grupo profesional segundo.
Asimismo, estará garantizada la subrogación empresarial, con sus efectos, en los supuestos de sucesión o sustitución de empresas con concesión administrativa de servicios de hostelería en los espacios públicos, tales como aeropuertos y estaciones de ferrocarril, ya sea cuando fuere una única concesión administrativa, o en los supuestos de segregación en varias concesiones administrativas lo que antes era una única concesión.
Igualmente, se acuerda que los trabajadores/as que prestan sus servicios en las salas de fiestas y discotecas, y que presten servicios de hostelería como: camarero/a, ayudante de camarero/a, etc., “les es aplicable de forma excluyente el presente Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería y los convenios colectivos sectoriales de hostelería vigentes en los distintos ámbitos de comunidad autónoma o provincial del territorio español”
Desde CCOO Servicios, valoramos positivamente la modificación efectuada del V Acuerdo Marco Laboral de Hostelería (ALEH), ya que consolida el objetivo de las partes de ordenar y establecer la estructura de la negociación' colectiva' del sector, procediendo a' reservar' materias al ámbito sectorial estatal de más de cerca de millones de trabajadores/as de la hostelería, que contempla materias como la clasificación profesional, el régimen disciplinario, el periodo de prueba, la formación, los' contratos' formativos, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de riesgos laborales etc...
Por último, CCOO Servicios vamos a instar a las patronales del sector a acometer, de manera prioritaria, la negociación de la regulación de nuevas materias en el ALEH, como la subcontratación en todo sector y sus efectos, con el fin de terminar con situaciones de explotación laboral y de competencia desleal entre empresas que no aplican la normativa convencional de Hostelería, así como actualizar la regulación de todo lo relacionado con la contratación, salud laboral y formación, en relación a las acreditaciones y carnet profesional.
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