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EL CONVENIO COLECTIVO GARANTIZA LOS ASCENSOS POR CAPACITACIÓN
Uno de los derechos mantenidos en el Convenio Colectivo 2.015-2.018 fue el del ascenso por capacitación a través de las oposiciones internas. Así, en el texto del mismo se establece que "ascenderán por convocatoria de oposiciones cada 3 años, un mínimo del 3% del total de la plantilla de niveles XIV, XIII, XII y XI al Nivel X y Nivel VIII.". Por ello, en UNICAJA Banco corresponden convocar 9 plazas para ascender a nivel X y otras 9 plazas para ascender a nivel VIII.
Tenemos que recordar que este punto era uno de los que la patronal quería eliminar del convenio y mantener solo los ascensos por "libre designación" y "por experiencia".
Como establece el propio texto del Convenio, se puede regular el sistema de promoción por acuerdo en cada empresa. En la mañana de ayer, 22 de mayo, la representación legal de los trabajadores y trabajadoras de Unicaja Banco llegamos a un acuerdo con la empresa para retrasar la convocatoria de las oposiciones y el momento del examen, garantizando que la fecha de efecto de los ascensos sea el 1 de enero de 2.018 para que no repercuta negativamente en las personas que superen las pruebas y obtengan el ascenso.
Desde CCOO hemos sido flexibles en esta medida para no generar trato diferenciado entre las personas que están realizando la formación Mifid y aquellas que no tienen que hacerlo, sin que ello vaya en detrimento de los derechos económicos que generen estos ascensos.

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