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Circular CCOO en Grupo Banco Popular
julio 2016
Conflicto Colectivo en Banco Popular
3ª reunión del proceso de negociación para acordar un sistema de control horario de la jornada laboral
En esta reunión, CCOO hemos presentado nuestra propuesta para esta negociación basada en la implantación de un sistema de control horario y en la necesaria racionalización horaria que permita una conciliación real de la vida personal, familiar y laboral. (Ver propuesta a continuación)
Desde el inicio de esta negociación CCOO ha demandado al Banco la adopción de medidas previas unilaterales que ayuden a la implantación de una nueva cultura de empresa, en detrimento de la obsoleta organización actual (medidas como la no convocatoria de reuniones fuera de la jornada de referencia, supresión de la necesidad de realizar la reunión del GTyC a primera hora de la mañana, cumplimiento de la finalización de jornada de los viernes a la 15:00...)
Por parte del Banco, se nos han entregado unas "consideraciones" sobre la gestión del tiempo de trabajo en el GBP en las que, recogiendo aparentemente alguna de nuestras propuestas sobre el cambio de cultura organizativa, sus "consideraciones" distan mucho de lo realmente solicitado, a pesar de la facilidad del Banco en su aplicación inmediata. Por este motivo, CCOO entendemos que el Banco NO tiene una voluntad REAL de cambio.
A pesar de ello, CCOO seguimos insistiendo y por ello hemos presentado nuestras propuestas para esta negociación. La plantilla nos merecemos, después de tantos años de incumplimiento de los acuerdos, que este proceso culmine con éxito y por parte de CCOO no vamos escatimar esfuerzos.
Seguiremos informando.
13 de julio de 2016
Propuestas CCOO - Sistema de control horario |
--> Instauración de un registro de control de jornada tal y como obliga el acuerdo alcanzado en el SIMA el 22 de abril de 2016 "iniciar un proceso de negociación para la implantación de un sistema de control horario" Por parte de CCOO proponemos un registro personal de conexión al ordenador (introducción de claves de acceso) y de desconexión que el trabajador/a deberá utilizar para registrar la HORA DE ENTRADA y la HORA DE SALIDA, marcando también, si fuera el caso por la utilización de la flexibilidad, el tiempo utilizado para la comida.
--> Una vez instaurado y probado el citado registro que garantice el control sobre las HORAS REALES trabajadas, con su debido traslado informativo al trabajador/ a y a la RLT, y atendiendo a la necesidad de una racionalización horaria para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, CCOO estamos dispuestos a negociar un MARCO HORARIO a partir de la jornada de referencia establecida (08:00 a 15:30) en el cual poder ejercer (la plantilla que voluntariamente quiera) la flexibilidad recogida en el acuerdo de libranza de los sábados. La citada flexibilidad se establecería en franjas horarias tanto para la hora de entrada y/o la de salida, sobre el actual horario de referencia, quedando acotada en el nuevo marco horario. Este marco horario sería el siguiente:
De lunes a jueves
Entrada: de 07,30 a 09,30 horas
Salida: de 15,00 a 17,30 horas
Los viernes, así como todos los días de los siguientes periodos:
-
En verano, del 22 de junio al 7 de septiembre ambos inclusive.
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El último día laborable previo al primer festivo (miércoles ó jueves, según los casos) de la Semana Santa.
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En Navidad, del 22 de diciembre al 7 de enero del año siguiente, ambos inclusive.
Entrada: de 08,00 a 09,30 horas
Salida: de 15,00 a 16,30 horas
Este marco horario de referencia permitiría realizar tanto una jornada continuada como partida, a voluntad del trabajador, con su correspondiente intervalo para la comida en el último caso.
--> Este MARCO HORARIO deberá ser negociado junto con otras medidas que garanticen su cumplimiento REAL:
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Establecimiento de un "cierre general de oficinas" a las 18:00h, momento en el cual, por seguridad, deberán actuar las alarmas. Pudiéndose estudiar excepciones, en función de necesidades específicas debidamente acreditadas.
--> El tratamiento de posibles excesos sobre la jornada anual máxima (1.700h anuales), se trataría en un nivel posterior de la negociación.
12 de julio 2016
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