Archivado en Comunicados, Condiciones de trabajo

¿Construyendo una Nueva Compañía, al amparo del Artículo 41 del E.T.?

Comunicación Banco Popular-e y Cobros Popular-e

Colaborador/colaboradora: persona que trabaja con otras en la realización de una tarea común.


Este artículo se publicó originalmente en WiZink (CCOO en WiZink) ,


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En las reuniones que hemos mantenido hasta ahora con la Dirección del banco se nos ha trasladado la idea de que en la Nueva Compañía (todavía no está "bautizada") se tendría en cuenta el compromiso de toda la plantilla. De hecho los empleados hemos pasado a ser "colaboradores". Asimismo, se nos comunicó que una de las metas fundamentales sería lograr un buen ambiente de trabajo donde la conciliación personal/laboral iba a tener un papel destacado.

Sin duda se trata de una esperanzadora declaración de intenciones. El problema es que, a la hora de la verdad, la Dirección de la empresa toma decisiones que no van precisamente en esta línea.

No nos parece de recibo que, ante unas supuestas necesidades organizativas, el banco decida aplicar unilateralmente el Artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo), modificando el horario de una serie de compañeros y compañeras. Esta decisión ha provocado dificultades de conciliación en la plantilla afectada. A pesar de que este tipo de decisiones empresariales puedan tener cobertura legal al amparo de la reforma laboral, pensamos que no es la mejor manera de empezar a construir la Nueva Compañía. No se han tenido en cuenta los intereses de los afectados y afectadas y tampoco se ha intentado llegar a algún tipo de acuerdo con sus representantes legales. Mal empezamos.

Otro ejemplo de cómo se están haciendo las cosas es el nuevo Sistema de Valoración de Puestos de Trabajo que nos han presentado en días pasados. Con los datos facilitados (un pequeño resumen, del mencionado proyecto) no podemos saber qué implicación va a tener para la plantilla este nuevo sistema de valoración. Además, se nos facilitan datos unificados de distintas compañías con diferentes funcionalidades y diferentes convenios colectivos.

Para la realización de este sistema no se ha tenido en cuenta la opinión de la plantilla ni la de sus representantes legales. Tampoco se nos ha facilitado la documentación necesaria para entender de qué manera puede afectar este nuevo sistema a las condiciones laborales y salariales de la plantilla. En definitiva, reclamamos poder aportar y que se tenga en cuenta nuestro punto de vista sobre el nuevo sistema.

Otra política claramente mejorable es el proceso de selección interno o "job posting". Nos han llegado numerosas quejas por la forma en que se realiza este proceso. En muchos casos los aspirantes ni tan siquiera reciben un simple correo en el que se comunique la decisión de no contar con esta persona para cubrir el puesto vacante. No nos parece la mejor manera de implicar a la plantilla en el logro de los objetivos marcados.

Si realmente la Dirección busca crear una empresa donde nos sintamos orgullosos de trabajar, donde se cuente con nuestra opinión como colaboradores y no simples números, desde CCOO creemos que las cosas se deben hacer de otra manera. Todavía estamos a tiempo de corregir los aspectos que, bajo nuestro punto de vista, pueden ser claramente mejorados.

Por último, emplazamos a la Dirección del banco a que se replantee los métodos utilizados hasta ahora y cuente de verdad con los "colaboradores" y con sus representantes electos.

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