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EL SUPREMO DA LA RAZON A CCOO
La resolución del Supremo confirma una sentencia de la Audiencia que daba ya la razón a la Federación de Servicios de CCOO frente a Unisono.
En una Sentencia del pasado 21 de septiembre el Tribunal Supremo, establece que los y las trabajadoras no están obligadas a facilitar su número de móvil personal y su correo electrónico a la empresa.
Estatuto de los Trabajadores (actualizado 11-5-2021)
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears
Firma del nuevo convenio de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Convenio colectivo del Sector de Comercio Vario de la Comunidad de Madrid