Archivado en Comunicados, Salud Laboral

Accidentes laborales ?In itinere?
Se amplía la casuística a la movilidad geográfica
El accidente en el trayecto (in itinere), se define como el que sufren los trabajadores y las trabajadoras al ir o al volver al lugar de trabajo y en el que deben incurrir determinados requisitos que te explicamos aquí. Recientemente el Tribunal Supremo, ha ampliado el concepto de accidente in itinere al desplazamiento entre el domicilio familiar y el laboral, aunque estos se encuentren a decenas o cientos de kilómetros. Esta ampliación de la casuística es una buena noticia para los trabajadores/as del sector financiero que en el proceso de reestructuración de este y, como alternativa al despido, se han visto afectados por la movilidad geográfica.
Factores que deben concurrir para que se considere accidente laboral in itinere
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| ¿Por qué es tan importante la inclusión de esta nueva causa para el sector financiero? Porque lamentablemente, el proceso de reestructuración del sector en el que se han perdido miles de empleos, también ha conllevado en muchas entidades la movilidad geográfica, como alternativa a la pérdida de puestos de trabajo. Y son miles los trabajadores/as que deben hacer cientos de kilómetros para ir y volver diaria, semanal o periódicamente del domicilio familiar que tenían antes del traslado al domicilio donde residen por motivos profesionales. De ahí la importancia de que una sentencia del Tribunal Supremo reconozca esta nueva causa de accidente ?in itinere? |
Aspectos a tener en cuenta sobre los accidentes ?in itinere? 

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![]() | La mayoría de los trabajadores/as que sufren este tipo de accidentes los trata como enfermedad común por mayor comodidad y ante la perspectiva de encontrarse problemas en las mutuas a la hora de obtener la correspondiente baja laboral.Sin embrago, es importante que sean reconocidos como accidentes de trabajo. Por ello, si te encuentras en un caso así, recurre a tus delegados y delegadas de CCOO para que éstos te ayuden a exigir ante la empresa la preceptiva emisión del parte de accidente de trabajo. |
Diferencias entre acudir a la Seg. social o acudir a la Mutua.
Básicamente la diferencia es que en el caso de accidente laboral es la Mutua correpondiente la que gestiona tanto la Baja como el Alta (duración de la IT) así como el tratamiento y las pruebas en los casos que sea necesario.
Si no se está de acuerdo con la actuación de la Mutua o con la determinación de la contingencia de ésta (Alta o Baja), debe hacerse constar la disconformidad en el Libro de Registro y acudir al médico de cabecera para que valore la situación.
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