Archivado en Comunicado breve, Jornada, Sector Financiero
ACCIDENTES IN ITINERE Y PROLONGACIÓN DE JORNADA
NO TRABAJES EN B
La definición de accidente in itínere establece que es todo aquel accidente que sufre un trabajador al ir o volver del trabajo, esta definición se matiza con unos requisitos, de los cuales el que nos ocupa aquí y ahora es el cronológico: el accidente debe ocurrir en tiempo inmediato o razonablemente próximo a la hora de entrada o salida del trabajo.
Esto nos plantea la duda siguiente ¿si prolongamos nuestra jornada laboral y tenemos un accidente a la siete de la tarde, después de salir del trabajo, se nos reconocería este cómo accidente laboral? (seguir leyendo)
Movilizaciones territoriales 10 septiembre en defensa de la jornada de 37,5 horas semanales
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Cálculo del finiquito: reglas y consejos prácticos
¿Qué es un Expediente de Regulación de Empleo - ERE?
Publicación en el BOCM del nuevo Convenio de Oficinas y Despachos 2025-26
CALENDARIOS LABORALES DEL GRUPO INDRA