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Apartamentos y Bono 2014 - BBVA Estatal
Concesión de Apartamento o Bono 2014
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Las renuncias a las plazas adjudicadas de Apartamentos se pueden realizar sin justificación dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la concesión, mediante comunicación al Servicio de Atención al Empleado (SAE), teléfonos 915 377 177 o 902 401 114 o por correo electrónico: sae.es@grupobbva.com. Una vez transcurrido dicho plazo de 15 días, todas las renuncias serán tratadas como solicitudes de anulaciones a Apartamentos concedidos, hay que ponerse en contacto con el SAE, quien indicará la aceptación o no de la misma, y los pasos a seguir en cada caso.
Te recordamos que si te han denegado el Apartamento, una vez pasado este periodo de renuncia sin justificación, puedes optar a una plaza de las vacantes que se hayan producido.
En los Bonos, pasado el plazo de 15 días de renuncia sin motivo justificado, no se admitirán renuncias, salvo en caso de defunción o enfermedad y accidentes de extrema gravedad e invalidantes y de larga duración, acaecidas con posterioridad a la concesión. El Bono se debe canjear dentro de este año.
El canon que se cobra por el Apartamento concedido es del 30% de su precio (os adjuntamos la lista de precios). El cobro se producirá en la siguiente nómina del mes en que se produzca el disfrute del Apartamento.
Retribución en especie: Conforme a lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la valoración para retribución en especie es la diferencia entre el precio del Apartamento concedido y el importe del canon, a ésta se le aplicará la retención del IRPF correspondiente a cada empleado o empleada. En los Bonos, su importe tendrá la consideración fiscal de pago en especie con su correspondiente imputación, y el mismo será aplicado en la nómina del mes siguiente a la fecha de su concesión.
Para cualquier duda o consulta, podéis dirigiros a las delegadas y delegados de CCOO en la Comisión:
Encarna Gómez |
José Luis Jiménez |
Santiago Pons |
Sergi Delgado |
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Abril 2014
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