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Convenio de Registros de la Propiedad: Vinculación a la totalidad

Tal y como comentábamos en el último comunicado conjunto, el pasado 21 de marzo se alcanzó un acuerdo de mínimos en materia económica, que, en líneas generales y a falta de su desarrollo definitivo y consenso en otros puntos vinculados al propio sistema retributivo, viene a tener la siguiente estructura:


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Grupos Profesionales

Salario mínimo mensual garantizado

Grupo 5 (Oficiales)

1.250 € + 30 € por trienio

Grupo 4 (Auxiliares)

1.100 € + 20 € por trienio

Grupo 3 (Especialistas)

1.000 € + 20 € por trienio

Grupo 2 (Contratados)

900 € + 12 € por trienio

Grupo 1 (Subalterno)

S.M.I. + 12 € por trienio


Estos salarios se complementarán, en su caso, con una participación enbeneficios del 38% para aquellas oficinas de diez o menos empleados/as, y del 40% para aquellas otras que tengan más de diez trabajadores/as.

Con el objetivo de profundizar y avanzar en este acuerdo, la comisiónnegociadora del II Convenio Colectivo de los Registros, volvió a reunirse el lunes, 8 de abril, donde se abordó, sin acuerdo de momento, la forma de reglar la regularización de esos salarios mínimos mensuales garantizadospara el caso de que éstos no quedasen cubiertos con el porcentaje (40% o 38%) de masa salarial. En este sentido, la parte social defendió que esa regularización no afectase a aquellos Registros con una masa salarial del 38%,porque ya llevarían implícita en ese porcentaje la propia regularización,y abogó, para el resto de Oficinas, por una regularización a lo sumo de carácter semestral.

Dada la ligereza con la que se ha hecho desaparecer, en principio, la categoría de auxiliar de 2ª y con el fin de regular, tanto su integración en el grupo 4 (auxiliares), como el período transitorio donde han de respetarse las condiciones laborales y retributivas derivadas del primer convenio colectivo, se acordó poner en marcha unacomisión técnica de clasificación profesional, integrada por técnicos tanto de la parte social como de la patronal, cuyaprimera reunión ha tenido lugar el pasado lunes,15 de abril, y que, además, deberá trabajar en pos de una clarificación de las categorías profesionales y su adaptación a la nueva normativa laboral, así como en el desarrollo del futuro sistema de promoción y formación.

Ya en la sesión de tarde, ambas partes(patronal y sindical) parecieron entenderse en materia de formación,abogando por una específica para el sector, de calidad, continua, gratuita y vinculada al sistema de promoción profesional; circunstancia ésta que no fue refrendada en la reunión de la comisión técnica de clasificación profesional, celebrada como se ha dicho el 15 de abril, que empezó con mal pie al producirse un cambio horario inesperado que impidió la asistencia de los técnicos de algunas organizaciones sindicales, y donde el representante de la patronal manifestó abiertamente que la formación era competencia exclusiva de la APR.

A pesar de las ausencias y con el fin de rentabilizar el tiempo, los, participantes en la reunión acordaron la fecha de la próxima reunión de la Comisión de Clasificación que tendrá lugar el día 29 de abril a las 12 h. Además se planteó como objetivo abordar la definición de los grupos profesionales, para posteriormente delimitar la Formación necesaria y por ultimo tratar sobre Promoción.

A este respecto, desde COMFIA-CCOO queremos recordar que la cuota deformación que recauda el Estado es pagada por empresarios y trabajadores, con la diferencia de que la parte del empresario se traslada a costes y precio final del producto y la parte de los trabajadores se retiene directamente de sus nóminas, con lo cual la formación debe contar inexcusablemente con la participación de patronaly sindicatos.

Del mismo modo, en COMFIA-CCOO queremos hacer hincapié que elacuerdo de mínimos en materia retributiva está vinculado a la totalidad, es decir, al desarrollo no sólo de los demás asuntos relacionados con el propio sistemaretributivo (regularización de salarios y sistema de participación objetivado), sino también alresto de materias que debe abarcar un convenio, tales como la regulación del tiempo de trabajo, vacaciones, descansos, conciliación de la vida laboral y familiar, salud laboral, derechos sindicales, planes de igualdad y, como no, formación y promoción, donde, como hemos dicho, deberán participar activamente las organizaciones sindicales.

¡¡¡ SEGUIREMOS INFORMANDO !!!


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