Archivado en Comunicado breve, Jornada
Unicaja anuncia la apertura de 9 oficinas los Jueves en horario de tarde
En pocas líneas Nº 2
Esta decisión, incomprensible en una Entidad sin problemas económicos y situada en el grupo VIP del sistema financiero, según la auditoría de Oliver y Wyman, supone una vuelta a esa larga y oscura etapa que creíamos superada, en la que mientras los beneficios de Unicaja crecían año a año, su plantilla, la que lo hacía posible, era de la peor tratada del sector. LEER MÁS
Nueva vuelta de tuerca a los trabajadores por parte de la Dirección de Unicaja: tras su negativa a renovar el horario pactado en el ALF, ordena la apertura de 9 oficinas de la Red los jueves por la tarde.
- Antiguos empleados de Unicaja
Lunes, martes, Miércoles y Viernes: de 08:00 a 15:00Jueves: de 08:00 a 14:30 y de 16:30 a 20:00
- Antiguos empleados de Caja de Jaén
De Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00
- Personal de oficinas tuteladas o compartidas
Salvo que quede algún trabajo pendiente en las mismas, la tarde de los jueves la desarrollaran en la oficina matriz o principal y siempre que ello no suponga un perjuicio para el trabajador por la distancia entre la oficina matriz y el domicilio del mismo.
- Personal del equipo de sustituciones
A menos que queden trabajos pendientes (cuadre, archivo ) en la oficina donde se ha prestado servicios durante la mañana, o en ésta quede un solo empleado, el trabajador puede optar por volver a su oficina matriz.
Debemos recordar que en virtud del acuerdo suscrito por Unicaja y los Sindicatos que regula los Equipos de Sustituciones, cuando se efectúen desplazamiento a mas de 40 kilómetros (sea jueves o no) se debe cobrar 1/2 dieta (no los gastos de comida).
- Personal con jornada singular o a turnos; (CPD y Tesorería)
Los turnos están acordados en base a la jornada anual, por lo que permanecen según los términos pactados sin sufrir modificación.
- Personal con jornada parcial o reducida:
Reducción porcentual: corresponde un aumento proporcional de la jornada reducida (ejemplo: si la reducción es de 1/3 al haberse aumentado la jornada de 7 horas a 10, ese día hay que disfrutar de una hora adicional de reducción de jornada). La Entidad se muestra flexible al momento en que se aplique esta reducción, siempre y cuando sea dentro del cómputo de la jornada legal.
Reducción absoluta: (en número de horas concretas): se mantiene la situación anterior sin modificación.
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