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Firmada la revisión salarial definitiva del 2011 del Convenio de Oficinas y Despachos de Catalunya

Hoy 25 de junio hemos firmado las tablas salariales definitivas de 2011 del convenio de oficinas y despachos de Cataluña, que adjuntamos en este comunicado, y poniendo fin a un conflicto que ya estaba prolongándose demasiadas semanas, con una solución satisfactoria para los intereses de los trabajadores y trabajadoras del sector.


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El conflicto se ha generado desde el momento en que la patronal nos ha pedido no pagar ningún aumento del 2011, alegando a la situación de crisis generalizada en el sector. Finalmente, y después de diferentes reuniones de la Comisión Paritaria del convenio, así como el análisis de varias propuestas, nos hemos puesto de acuerdo con un aumento del 0'70%, lo que hace que sumada al 0,25% que había en cuenta para este año hace que las tablas definitivas para el 2011 supongan un incremento de casi un 1% respecto a 2010.

Entendemos que es un incremento bastante ajustado a la realidad del sector en el que no sólo no hay aumentos salariales a casi ninguna empresa, si no está sufriendo gravemente la reforma laboral con multitud de conflictos, como rebajas salariales o expedientes de regulación de empleo.

Una vez firmado el acuerdo de tablas salariales, y para no perder más tiempo, hemos constituido la comisión negociadora del convenio, para 2012 y años próximos, un convenio que afecta a más de 250.000 trabajadores a toda Cataluña.

Tal y como hemos comentado en anteriores comunicados, será una negociación compleja, teniendo en cuenta el contexto de crisis y bajadas de derechos que hemos comentado con anterioridad. Necesitamos, por tanto, ser prácticos. Como meta, debemos plantearnos buscar la garantía del poder adquisitivo, la adecuación de la jornada laboral a la conciliación de la vida personal y familiar, o la creación de medios que no permitan el descuelgue del convenio a las empresas si no es de una forma negociada.

Hay que insistir también que este año, en la distribución de la jornada laboral de 1.772 horas dentro del calendario, y por jornadas completas, hay un exceso de 3,5 días que debe dilucidarse dentro de la empresa de común acuerdo con los trabajadores.
Gracias por la atención y estaremos en contacto.

 


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