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Revisión Salarial XIV Convenio 2004
Salario
El 17 de Febrero de 2005, el Comité de Vigilancia e Interpretación del XIV Convenio Estatal de Empresas Consultoras se ha reunido para proceder a la revisión de las Tablas salariales correspondientes al año 2004, según lo previsto en el art. 28.5 de dicho Convenio.
Como quiera que el IPC real del año 2004 ha quedado fijado en un índice del 3,2% procede aplicar un aumento adicional del 1,2% a la tabla inicial del 2004, puesto que fue calculada con la previsión de inflación del Gobierno (un 2%).
Igualmente, en esta reunión se ha procedido a actualizar el Plus de Convenio, incremen-tándolo en el mismo diferencial.
Las cantidades resultantes de estas diferencias, se abonarán a todos los trabajadores/as con efecto retroactivo desde el día primero de julio de 2004, dentro del plazo máximo de cuatro mensualidades contadas a partir de la publicación oficial del I.P.C. definitivo al 31.12.04. Dado que el citado I.P.C se publicó con fecha 14 de enero de 2005, el plazo para abonar los atrasos correspondientes termina el 14 de mayo de 2005.
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