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Trabajadores de los servicios de prevencion segregados de las mutuas continuaran en el convenio de seguros.
El preacuerdo recoge que las relaciones laborales de los trabajadores de las Sociedades de Prevención se regirán por el Convenio Colectivo de Seguros hasta la entrada en vigor de un nuevo Convenio Colectivo Sectorial para los Servicios de Prevención Ajenos
Las Organizaciones Sindicales Fes-UGT y Comfia-CC.OO. (en presencia de ambas Confederaciones) y la Organización Patronal AMAT, junto con la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, como convocante de la reunión, firmaron un Preacuerdo que recoge las relaciones laborales de los trabajadores de las Sociedades de Prevención se regirán por el Convenio Colectivo de Seguros hasta la entrada en vigor de un nuevo Convenio Colectivo Sectorial para los Servicios de Prevención Ajenos
Además el citado preacuerdo recoge los siguientes temas:
ÿ Iniciar un proceso de diálogo para la negociación de un Convenio Colectivo para todo el sector de los Servicios de Prevención ajeno, en cuyo ámbito queden incluidas las Sociedades de Prevención, tomando como base las condiciones laborales del Convenio General de Seguros.
ÿ Si en el plazo de los nueve meses anteriores a la fecha de expiración del convenio General de Seguros no hubieran fructificado las negociaciones para la consecución del nuevo convenio, las partes se comprometen a someterse a la mediación del Acuerdo Interconfederal para la Solución Extrajudicial de Conflictos (ASEC). En caso de desacuerdo las partes se someterán al arbitraje de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
ÿ También existe el compromiso de utilizar todos los mecanismos existentes para extender la aplicación del nuevo convenio a todas las empresas de los servicios de Prevención ajeno.
ÿ Las partes se comprometen a elaborar un Protocolo que fije las condiciones laborales de segregación en cada Mutua, respetando los derechos existentes.
ÿ Se crea una Comisión Mixta auspiciada por la Dirección General de la Seguridad Social para resolver las diferencias que se pudieran derivar del proceso de segregación en cada Mutua. También se podrán incorporar, a la citada Comisión, las Asociaciones de Servicios de Prevención Ajenos para dentro de este foro propiciar las negociaciones del convenio colectivo previstos en el punto primero.
ÿ Los firmantes se comprometen a que todo el proceso de segregación se realice sobre el principio de no discriminación y respeto a las garantías sindicales previstas en el Estatuto de los Trabajadores y en la ley Orgánica de Libertad Sindical, manteniendo, que la representación legal de los trabajadores en caso de que pasen a la Sociedad de Prevención mantendrán ad Personam sus derechos y garantías.
Estamos pues en el inicio de lo que necesariamente deberá ser un proceso de diálogo social y entendimiento mutuo, tanto colectivo como en el seno de cada una de las Mutuas, que propicie acuerdos para lograr una segregación ordenada y pactada, respetando tanto las condiciones del Convenio Sectorial vigente como aquellas alcanzadas a través de convenios o acuerdos de empresa, a la vez que se consiga establecer las bases para la consecución de un Convenio Colectivo para todo el Sector de la Prevención.
Estamos seguros que en todo el proceso habrá tentaciones de instrumentalizar representaciones al margen de los sindicatos de clase mayoritarios, pero confiamos que los trabajadores y trabajadoras, tanto de las Mutuas como de los Servicios de Prevención Ajenos, sabrán valorar los esfuerzos realizados por UGT y CC.OO. en la defensa de sus intereses en todo este proceso, ratificando su confianza en nuestras organizaciones en el proceso electoral que deberá realizarse próximamente.
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