Arquivado en Comunicados, Carrera profesional

Alcanzado acuerdo sobre la carrera profesional de Gestores y Técnicos



Este artículo se publicó originalmente en Kutxabank (Sección Sindical Kutxabank) ,


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En la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo celebrada hoy, hemos alcanzado el siguiente acuerdo para el desarrollo de las carreras profesionales de los Gestores.

El desarrollo de las carreras profesionales de los Gestores y Técnicos Especializados y Especializados Avanzados (puestos de Banca Personal, Pymes, Banca Corporativa y Servicios Centrales principalmente) que se deriva de la aplicación del Convenio Colectivo ha permitido la promoción de unas 150 personas. Este sistema, que se instauró de forma novedosa en el Convenio, ha permitido unas carreras profesionales más rápidas que la promoción por antigüedad.

Pero como en cualquier sistema de nueva aplicación han surgido algunos problemas de interpretación del Convenio que se han resuelto en una Comisión Paritaria. Las resoluciones que se han tomado en dicha comisión y que son de aplicación a todas las personas que estén en estos puestos, son las siguientes,

 

 

Grado

Nivel

Compl. Puesto

Gestor y Técnico Especializado

Avanzado

A

VI

4.040 €

B

VII

3.535 €

C

VIII

3.535 €

 

A

IX

3.030 €

B

X

2.525 €

C

XI

2.020 €



.-La persona que entre en una carrera de Gestor o Técnico Especializado grado C con un nivel inferior al nivel XI, pasados los primeros seis  meses de formación, cobrará el “complemento de puesto” y un “complemento de nivel” (por la diferencia entre su nivel personal y el salario del nivel XI). Conforme se consolide niveles, disminuirá el complemento de nivel hasta consolidar el nivel XI.
Una vez alcanzado el nivel XI automáticamente cobrará el “complemento de puesto” del Gestor o Técnico Especializado grado B y un “complemento de nivel” hasta el salario del nivel X, y continuará de la misma forma hasta alcanzar el final de la carrera.

.-La persona que entre en una carrera de Gestor o Técnico Especializado con un nivel igual o superior al nivel XI, pasados los primeros seis  meses, cobrará el “complemento de puesto” correspondiente a su nuevo grado (C, B o A) y desde dicha fecha iniciará la carrera profesional para consolidar el nivel del siguiente grado de desarrollo.

.-La persona que se encuentre en un puesto de Gestor o Técnico Especializado y alcance antes un nivel superior por antigüedad que por carrera, desde la fecha de ascenso por antigüedad, cobrará el “complemento de puesto” correspondiente a su nuevo grado (C, B o A) y desde dicha fecha iniciará la carrera profesional para consolidar el nivel del siguiente grado de desarrollo.

.-Las evaluaciones que se realicen al grupo de personas en promoción de Gestores o Técnicos Especializados superarán el 50% las de tipo A. Estas evaluaciones no se incluirán para el cómputo del resto de los procesos de consolidación, manteniéndose para éstos los cupos que fija el Convenio.

Con este acuerdo de la Comisión Interpretativa del Convenio Colectivo conseguimos varios objetivos que mejoran la situación de los Gestores y Técnicos Especializados:

.-mantenemos la fórmula de carrera más rápida para la plantilla que está en estos puestos

.-aclaramos que el complemento de puesto está asignado al grado de desarrollo.

.-aumentamos hasta superar el 50% las evaluaciones A, lo que conseguirá una más rápida consolidación de niveles personales.

En fin, consideramos que este acuerdo clarifica y mejora las carreras profesionales de los Gestores y Técnicos, que como explicamos al principio afecta a una parte sustancial de la plantilla.

Bilbao 25 de junio de 2010


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