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CCOO Asepeyo
Los dependientes con una renta inferior a 517 euros no pagarán los servicios prestados
La residencia habitual sólo computa en la capacidad económica del beneficiario en el caso de que necesite atención residencial
La residencia habitual sólo computa en la capacidad económica del beneficiario en el caso de que necesite atención residencial
28-11-2008 - Las personas dependientes con una renta inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 516,90 euros, quedarán exentas del 'copago' o de la cofinanciación de las prestaciones y servicios de la Ley para la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, según acordaron el Gobierno y las comunidades autónomas en el Consejo Territorial de la Dependencia.
"Estos acuerdos garantizan las prestaciones y servicios de calidad de acuerdo con la capacidad económica de las personas dependientes y, por tanto, nadie se quedará fuera", aseveró la ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, al término del Consejo Territorial, para añadir que con estos dos pactos "culmina el desarrollo normativo de la ley de Dependencia", que se aprobó hace casi dos años y que no había logrado el consenso en estos dos temas.
Asimismo, el encuentro concluyó con el acuerdo sobre los requisitos de calidad de los centros y servicios del Sistema de Dependencia, referidos no sólo a las instalaciones y equipamientos, sino también al personal. Sobre este último término, acordaron que en 2015 el cien por cien del personal tenga un título o cualificación profesional, ya que actualmente sólo lo posee un 30 por ciento.
En cuanto a las votaciones, el acuerdo sobre el 'copago' se resolvió con 10 votos a favor (la comunidades autónomas gobernadas por el PSOE y Navarra) y seis abstenciones (las autonomías del Partido Popular y Canarias). En esta votación no participó el País Vasco al no estar presente. Por su parte, los decretos que fijarán los criterios de calidad de los centros fueron acordados con 10 votos a favor (comunidades del PSOE y Navarra) y siete abstenciones (autonomías del PP, Canarias y País Vasco).
NO CUENTA LA RESIDENCIA DEL DEPENDIENTE
En virtud de los textos firmados hoy, y referidos a la coparticipación de los beneficiarios de la ley, destaca la atención a su capacidad económica de los usuarios, relativa a la renta y el patrimonio, teniendo en cuenta, asimismo, la vivienda habitual.
Sobre este último término, comunidades y Gobierno han fijado que la vivienda sólo computará para determinar el nivel de 'copago', en el caso de que el servicio que reciba el dependiente sea de atención residencial --o la prestación económica vinculada a este servicio-- y no tenga personas a su cargo que continúen viviendo en su casa.
Además, acordaron para los casos en los que la capacidad económica es superior al IPREM, que cada comunidad fije los índices de reducción, teniendo en cuanta que la prestación que reciba el beneficiario nunca podrá ser inferior al 40 por ciento de la cuantía establecida anualmente para la prestación económica vinculada al servicio y del 75 por ciento para la de cuidados en el entorno familiar. "Así hemos establecido una reglas del juego comunes que hay que cumplir", subrayó Cabrera.
Por tanto, cumpliendo con los requisitos y umbrales mínimos y máximos, las comunidades determinarán la participación concreta de los beneficiarios en la cofinanciación de los servicios y prestaciones que reconozcan a los beneficiarios de la ley.
Europa Press