ACUERDO COLECTIVO DE EMPRESA DE PREVISÓN SOCIAL DE COMMERZBANK ANTIENGESEELLSCHAFT, SUCURSAL EN ESPAÑA
Es voluntad de las partes sustituir mediante el presente acuerdo lo regulado en los artículos 35 apartados 1 y 2, 36 y 37 del XVIII Convenio Colectivo de Banca, pasando a ser el único sistema de previsión social para las contingencias incluidas en dichos artículos establecido con carácter general para el personal con vínculo laboral efectivo con COMMERZBANK AKTIENGESELLSCHAT SUCURSAL EN ESPAÑA.
BANCO URQUIJO: ACUERDO SOBRE PREJUBILACIONES Y JUBILACIONES ANTICIPADAS
Que tras la promulgación de la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible, la Empresa y los Representantes Legales de los Trabajadores, se han reunido para dar continuidad y adaptar los Acuerdos de Prejubilaciones y Jubilaciones Anticipadas en Banco Urquijo...
ACUERDO COLECTIVO SOBRE EL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL Y EXTERNALIZACION DE FONDO DE PENSIONES EN BANCO DE MURCIA S.A
Es voluntad de las partes sustituir el Sistema de Prestaciones Complementarias regulado en el Convenio Colectivo de Banca, por un nuevo Sistema de Previsión Social que integre la totalidad de las obligaciones y derechos del Banco y sus empleados en materia de previsión social
Acuerdo de Previsión Social del Grupo Barclays
Es voluntad de las partes integrar de forma unitaria y omnicomprensiva, la regulación de la totalidad de derechos y obligaciones de los empleados de las empresas del Grupo Barclays arriba señaladas en materia de previsión social, de forma que, mejorándose globalmente las prestaciones previstas en los Convenios Colectivos de aplicación
ACUERDO DE PREVISIÓN SOCIAL EN LLOYDS TSB BANK PLC, SUCURSAL EN ESPAÑA.
Es voluntad de las partes sustituir el Sistema de Prestaciones Complementarias regulado en el Convenio Colectivo de Banca, que más adelante se detalla, y en la carta emitida por LLOYDS TSB BANK PLC, SUCURSAL EN ESPAÑA en octubre de 1986, bajo la referencia "pensión de jubilación", por un nuevo Sistema de Previsión Social que integre la totalidad de las obligaciones y derechos del Banco y sus empleados en materia de previsión social











