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25 de noviembre, día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer ● No al Acoso Sexual:

NO es NO

Con motivo del Día Internacional para la eliminación de la violencia contra la mujer, que se celebra el 25 de noviembre, Comfia-CCOO quiere manifestar nuestro más contundente rechazo contra todo tipo de violencia machista; que es la manifestación más brutal de la desigualdad entre mujeres y hombres, y supone un atentado contra los derechos humanos.  

La Ley de Igualdad exige a las empresas la prevención del acoso sexual y por razón de sexo para lograr la igualdad efectiva,  pero …conoces realmente ¿qué es el acoso sexual? 

Porque en su inmensa mayoría las víctimas son trabajadoras con o sin empleo, llamamos a la afiliación a expresar su repulsa más enérgica en las concentraciones que se celebran en tu localidad.

 


Este artículo se publicó originalmente en santander (Sección Sindical Banco Santander) ,


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La ley de Igualdad exige a las empresas la prevención del acoso sexual y por razón de sexo para lograr la igualdad efectiva de mujeres y hombres y erradicar conductas discriminatorias. En Banco Santander  , y dentro del Plan de Igualdad firmado en 2007 existe el mencionado protocolo para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo


 
Pero… conocemos realmente, ¿qué es el acoso sexual?  Y ¿qué es el acoso por razón de sexo? 

En la encuesta de riesgos psicosociales que hemos realizado recientemente entre la plantilla de Banco Santander incluíamos algunas preguntas sobre esta materia, ya que el acoso sexual y el acoso por razón de sexo es una de las causas desencadenantes de los riesgos psicosociales (aquellos aspectos de la concepción, organización y gestión del trabajo así como de su contexto social y ambiental que tienen la potencialidad de causar daños físicos, sociales o psicológicos en los trabajadores), es decir tiene un efecto directo nocivo sobre nuestra salud.

A continuación, a modo de ejemplo, algunas de las actuaciones que has podido oír en multiconferencia, ver en reuniones o en tu puesto de trabajo y que se pueden considerar como acoso sexual o por razón de sexo:

 




  

Desdeñar las capacidades, habilidades y el potencial intelectual de las mujeres.
Ridiculizar a las personas con tareas que tradicionalmente ha asumido el otro sexo.
 Las formas ofensivas de dirigirse a una persona, en función de su sexo.
 Uso del humor sexista.
 Bromas sexuales ofensivas.
 Difusión de rumores sobre la vida sexual de una persona.
 Gestos obscenos.
 Uso de gráficos, dibujos, fotografías o imágenes de Internet de contenido sexualmente explícito.
Las cartas, notas o mensajes de correo electrónico de contenido sexual de carácter ofensivo.
El contacto físico deliberado y no solicitado (pellizcar, tocar, roces, masajes indeseados…)
Las conductas discriminatorias por motivo del embarazo o de la maternidad.
El intercambio o chantaje sexual (con amenaza de pérdida del puesto de trabajo).


Las conductas que suponen acoso sexual y/o por razón de sexo en el trabajo tienen consecuencias no sólo en tu vida laboral, sino también en tu vida cotidiana.


 


 ● NO TE RINDAS ● NO TE CALLES ● 

NO AL ACOSO SEXUAL

NO es NO


                                                           
 




Documentos :


Circular en pdf

Gaceta Sindical



GRUPO DE MUJERES                           

   
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