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Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Burgos
El presente Convenio obligará a todas las empresas presentes o futuras, cuyas actividades vienen recogidas en el artículo segundo de este Convenio (oficinas y despachos) y cuyos centros de trabajo radiquen en Burgos capital o en la provincia, aún cuando las empresas tuvieran su domicilio social en otra provincia.
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(Foto CespinoQ http://www.flickr.com/photos/cespinoq/106819366/)
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
BOLETÍN INFORMATIVO
Características Básicas del Permiso Individual de Formación (PIF)
Firmado el acuerdo de pensiones alcanzado el pasado 31 de julio por el gobierno, sindicatos y patronal
Constituida la Mesa de negociación del ERE en H&M
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social