Archivado en Convenios Colectivos

Convenio colectivo del Comercio del Metal de Santa Cruz de Tenerife

Las normas de actual Convenio serán de obligatoria aplicación en toda la provincia de Santa Cruz de Tenerife y sus preceptos obligan a todas las Empresas y trabajadores que estén encuadrados en los siguientes grupos de actividades para el comercio: Ferretería,  Efectos Navales, Materiales Eléctricos, Electrodomésticos, Joyería, Bisutería, Relojería y Platería, Armería, Fotografía y Música y Juguetería, Muebles Metálicos, Maquinaría Industrial y Agrícola, Informática y otros de la actividad Comercial del Metal.


Este artículo se publicó originalmente en CANARIAS (Federación Canaria) , Comercio (Sector del Comercio) ,


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