Arquivado en Comunicados, Negociacion Colectiva
DESESTIMADA LA IMPUGNACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO
La Audiencia Nacional nos vuelve a dar la razón
La Audiencia Nacional nos vuelve a dar la razón y desestima la impugnación del Convenio Colectivo intentada por CIC y la CIG, que se adhirió a la demanda.
La Audiencia Nacional nos vuelve a dar la razón y desestima la impugnación del Convenio Colectivo intentada por CIC y la CIG, que se adhirió a la demanda.
El pasado 26 de marzo, la Audiencia Nacional desestimó demanda la de impugnación del Convenio Colectivo, interpuesta por parte de la Confederación Intersindical de Cajas (CIC), a la que se adhirió la Confederación Intersindical Galega (CIG), desbaratando así sus intenciones de dejarnos, de nuevo y en los momentos delicados en los que nos encontramos, sin Convenio Colectivo.
La pretensión de CIC y CIG era impugnar nuestro convenio colectivo, argumentando que el artículo 7, sobre jubilación obligatoria a los 65 años de edad, era contrario al Estatuto de los Trabajadores.
En Comfia-CCOO nos opusimos a la demanda, pues en el caso de las Cajas de Ahorro se han cumplido escrupulosamente dichos requisitos, que no son otros que la contratación de nuevos trabajador@s en sustitución de aquéll@s que se jubilasen, habiéndose constatado la contratación de un número mayor de personas que las que se han jubilado.
Desde Comfia-CCOO consideramos que está ampliamente demostrado que tenemos un Convenio que el paso del tiempo ha ido haciendo cada vez mejor y se ha contrastado su eficacia para todo el personal del sector. En los tiempos en los que nos encontramos, la demanda del CIC y CIG es irresponsable y oportunista, pretendiendo aprovechar el debate sobre la ampliación de la edad de jubilación, ante el cual Comfia-CCOO ha respondido como se debe hacer en estos casos, haciendo frente al Gobierno y forzándole a rectificar.
La Audiencia ha desestimado la demanda en poco menos de una semana desde la celebración del juicio, lo que nos da una prueba más de que era fruto más del populismo y la ineficaz demagogia, que de factores jurídicos de peso.
La Sentencia dice textualmente:
Se impone, por tanto, la total desestimación de la demanda, no sin resaltar
previamente que la misma roza la temeridad
Una vez mas la actitud de CIC y CIG buscaba un dudoso golpe de efecto a los pocos meses del término de vigencia del Convenio y de las Elecciones Sindicales, anteponiendo sus propios intereses a los de las plantillas.
En los tiempos que corren, en Comfia-CCOO creemos que hay que ser especialmente responsables, pues nos jugamos mucho en el Sector, como para andar con pataletas de pasillo, que pueden poner en serio peligro todo lo conseguido hasta ahora.
COMFIA-CCOO, TE INTERESA.
El Consejo de CCOO Servicios aprueba las fechas y los documentos a debatir durante su tercer proceso congresual
ACUERDO COMPLEMENTARIO AL III CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL
El BOCM publica el nuevo Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos.
Publicado en el BOE el II Convenio Colectivo Estatal de Contact-Center
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Alcanzado Preacuerdo en el Convenio Colectivo de Establecimientos Financieros de Crédito