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Erte eci noviembre

Información sobre los nuevos ERTEs

Con fecha 16 de noviembre de 2020, se aprueba el ERTE por Fuerza Mayor.


Este artículo se publicó originalmente en El corte Ingles (CCOO en El Corte Ingles) ,


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La empresa solicitó el pasado día 10 de noviembre de 2020 a la autoridad laboral competente, la constatación de la existencia de fuerza mayor por impedimento de actividad, para la suspensión de contratos en  varios centros de trabajo y actividades. Con fecha 16 de noviembre de 2020, se aprueba el ERTE por Fuerza Mayor.

Por esta razón, todo el personal afectado en las distintas Comunidades Autónomas, recibirán comunicación en el correo corporativo informando de la aplicación de las medidas de suspensión de contrato, en el estricto cumplimiento a lo establecido en el art. 33.3 del RD 1483/2012.

La empresa nos informa que realizará los trámites necesarios ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para que todos los trabajadores y trabajadoras afectadas accedan al cobro de la prestación por desempleo que legalmente les corresponda durante el periodo de aplicación de la medida anterior.

CCOO ve acertada la decisión de aplicar y mantener los beneficios en los descuentos y financiación de las compras, así como el aplazamiento de los pagos. Por lo tanto, el pago correspondiente al mes de noviembre, tanto en compra directas con la tarjeta, como formulas personal de pago y /o pagos por cuotas, se podrá aplazar el pago de dichos recibos, sin cargo, hasta el mes de diciembre.

 

  • En el caso de la Tarjeta de Compra, no se va a emitir el recibo de noviembre, por lo que el importe de este mes se acumulará al importe del recibo del mes de diciembre.
  • En el caso de las financiaciones “Fórmulas Personales de Pago”, “A la de 3” y “A la de 3+”, no se girarán los recibos de noviembre, retrasándose el plan de pagos, que finalizará un mes más tarde.

 

En el caso de que decidas no acogerte a este aplazamiento, puedes hacer una transferencia a la cuenta ES24 0049 5199 1527 1601 0958 para cada uno de los recibos que quieras pagar, indicando en el "Concepto" de la transferencia a que recibo corresponde la misma: Tarjeta de Compra, Fórmula Personal de Pago 1, Fórmula Personal de Pago 2, etc.

 

CCOO insiste en la necesidad de corresponsabilidad que la empresa debe tener para con la plantilla y con los esfuerzos que están asumiendo, por esto planteamos nuevamente:

  • Garantizar la totalidad de las retribuciones salariales de las personas afectadas por el ERTE, se complemente hasta el 100% del salario y en la proporción que afecte a las pagas extra.
  • Que se mantenga las retribuciones de los complementos ligadas al puesto de trabajo.
  • Los periodos de desempleo consumidos durante esta suspensión no podrán perjudicar en ningún caso el reconocimiento de futuras prestaciones de desempleo. (“contador a cero”)
  • Con garantía de empleo al finalizar el periodo del ERTE.
  • Suspensión de los incentivos y de la venta exenta a toda la plantilla en ERTE desde el 5 de noviembre, así como al personal de refuerzo a departamentos sin comisión.
  • Sin pérdida de vacaciones.

 

 

Recuerda que todos los delegados y delegadas de CCOO en El Corte Inglés, estamos a tu disposición.

Ahora, más que nunca, es el momento de estar en CCOO

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