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El Plan MECUIDA mantiene su vigencia hasta el 28/02/2022
El Gobierno prorroga de nuevo el Plan MECUIDA, donde quedan recogidas las medidas de conciliación para cubrir las circunstancias excepcionales originadas por el COVID-19. La posibilidad de adaptación de la jornada laboral o reducción de la misma, así como el uso preferente del teletrabajo allí donde sea posible, se mantienen hasta el 28 de febrero de 2022.
Adaptación de Jornada
La concreción inicial corresponde a la persona trabajadora, pero empresa y persona trabajadora deberán alcanzar un acuerdo. Puede consistir en:
- Cambio de turno
- Alteración del horario
- Horario flexible
- Jornada partida o continuada
- Cambio de centro de trabajo
- Cambio de funciones
- Cambio en la forma de prestación del trabajo (trabajo a distancia o cualquier otro que estuviera disponible en la empresa o que pudiera implantarse)
Reducción de jornada
Puede llegar hasta el 100% si resultara necesario. Puede comunicarse con un preaviso de 24H de antelación.
¿Quién puede acogerse al Plan MECUIDA?
Personas que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, o de familiares hasta el segundo grado. Por alguno de los siguientes motivos:
- Razones de edad, enfermedad o discapacidad que necesite de cuidado personal y directo como consecuencia del COVID-19.
- Cuando existan decisiones adoptadas por las Autoridades gubernativas relacionadas con el COVID-19 que impliquen cierre de colegios educativos o de cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada de los mismos.
- Que la persona que hasta el momento se hubiera encargado del cuidado o asistencia directos no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el COVID-19.
Consulta aquí la información completa:
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