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sentencias favorables

comunicado

La Audiencia Nacional dicta dos sentencias favorables a las tesis de COMFIA - CCOO en conflictos colectivos sobre incremento salarial similares al presentado en nuestro sector.


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La patronal de Contact Center y el grupo de empresas de SOGECABLE se negaron a  aplicar el incremento del IPC del 2% por considerar que no existía para el año 2009 ningún IPC previsto por el Gobierno, que es exactamente la misma argumentación que nos viene dando la patronal de cajas ACARL. 

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en sus sentencias de 21 de mayo y de 8 de junio de 2009, estima las demandas planteadas por CCOO y establece que, aun siendo cierto que desde el año 2002 ninguna Ley de Presupuestos establece con claridad el Índice de Precios al Consumo previsto por el Gobierno, este concepto existe y tiene consistencia jurídica. 

Las sentencias se basan en el Art. 44.2 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, donde se establece que las pensiones contributivas para la Seguridad Social experimentarán un incremento del 2% de conformidad con lo establecido en el Art. 48 del texto refundido de la Ley General de Seguridad Social. A la vista del Art. 48 del texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, así como de la propia legislación de pensiones de clases pasivas, estas deben incrementarse con un incremento equivalente al IPC previsto por el Gobierno. La Audiencia Nacional entiende, por tanto, que la revalorización de las pensiones para el año 2009 constituye el contenido concreto del IPC previsto por el Gobierno y, al ser este un 2%, este incremento mínimo debe aplicarse en todos los convenios, como el de Contact Center y Sogecable, en donde la subida para el año 2009 se establezca en función del IPC previsto por el Gobierno.

La Audiencia Nacional da, por tanto, la razón a las tesis defendidas, desde el primer momento, por COMFIA  - CCOO en el conflicto colectivo interpuesto en nuestro sector. Desde  COMFIA  - CCOO hemos mantenido desde el inicio una posición muy clara respecto al incremento salarial que correspondía aplicar en nuestro sector, el 2%. Y lo hemos hecho tanto desde un punto de vista jurídico, ya que parece obvio pensar que un concepto como el IPC previsto no puede ir cambiando de contenido en función de los intereses de la patronal, como desde la exigencia a la patronal del respeto a lo acordado entre las partes. CCOO siempre hemos cumplido íntegramente los acuerdos alcanzados por lo que, como hemos dicho en anteriores comunicados, consideramos que la actitud de la patronal de las cajas rompe la necesaria confianza que debemos tenernos ambas partes con el fin de superar la compleja situación que vivimos. 

COMFIA - CCOO valoramos muy positivamente estas sentencias y animamos a la ACARL a que cumpla desde ya con los criterios que en ellas se establecen, dejando clara así su voluntad de no quebrar la confianza mutua necesaria para mantener en el sector unas relaciones laborales francas y fluidas.   

Junio 2009

 
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