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Sentencia sobre horas extraordinarias
Jornada Laboral
Existe algo que se llama hora extraordinaria, que no pertenece al pasado remoto sino que sigue ahí aunque se pase muy pocas veces.
A modo de recordatorio de que existe algo que se llama hora extraordinaria, que no pertenece al pasado remoto sino que sigue ahí aunque se pase muy pocas veces, os hacemos seguir la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5, en la que se condena a la Caja a pagar las horas extras de un cursillo celebrado por la tarde por un delegado de CC.OO., y que la Caja se negó a abonar como horas extras alegando las famosas 15 horas de formación del Convenio Estatal.
La sentencia deja meridianamente claro que todo lo que se trabaje -o estudie- fuera del horario laboral es hora extra, y hay que abonarla como tal (a 1,75 del precio ordinario).
Quienes sean convocados a cursillos, o bajen por la tarde a trabajar, a reuniones, etc., pueden pasar las horas extras correspondientes. Se las tienen que pagar.
El que las quiera perdonar, está en su derecho. Faltaría más.
Texto integro de la sentencia en pdf.
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