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ACUERDO SOBRE LOS JUEVES DEL 2003

09/04/2003


Este artículo se publicó originalmente en Financiero (Agrupación Sector Financiero ) , Caja Madrid (Sección Sindical Caja Madrid ) ,


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En Madrid, a 9 de abril de 2003. Por Caja Madrid: Dª. Marina Mateo Ercilla D. Agustín López del Hierro Abad Dª. Luisa Sagardoy Briones Por Sección Sindical ACCAM: D. Pedro Fernández Merlo D. Soledad López Pereda Por Sección Sindical de UGT: D. José Vicente Bayarri Ballester D. Rafael Torres Posada D. Juan Antonio Bilbao Pérez Por Sección Sindical CC.OO.: D. Ángel Corrales Martín D. Gabriel Moreno Flores D. José Antonio Izquierdo Vallejo Por Sección Sindical de CSICA: D. Maximiano Parrilla Bustos Por la sección sindical de SABEI: D. Juan Carlos Rubio Encinas Por la Sección Sindical de Alternativa Sindical: D. Federico López Orellana D. José Antonio García-Ochoa Solano Inicia la reunión la Directora del Área de Relaciones Laborales y Sociales señalando que el objeto de la misma es comentar a las Secciones Sindicales de Empresa, a través de sus representantes legales, los tres jueves que para el año 2003 se trabajaría de ocho a quince horas dentro del período que discurre desde el 1 de octubre al 31 de mayo, de conformidad con lo regulado en el artículo 18.2 del Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros para los años 1992-1994, en la redacción dada al mismo en el artículo 17 del Convenio Colectivo para los años 1998-2000, antes de comunicarlo a toda la plantilla. En este sentido, conforme al art. 17 del Convenio 1998-2000, apartado 2.1 a) que establece que “dos jueves, a pactar con la representación del personal, de ocho a quince horas ...”, se llega al siguiente acuerdo con los representantes de los trabajadores: - En todos los centros de trabajo de la Entidad: el jueves 29 de mayo de 2003 y el 2 de octubre de 2003 el horario será de ocho a quince horas. Por otro lado, y conforme al citado art. 17, apartado 2.1 b) que establece que “un jueves a designar en cada Entidad ... “, Caja Madrid comunica que dicho jueves será: - En aquellas localidades donde el 17 de abril (“Jueves Santo”) sea laborable, el horario será de ocho a quince horas. - Para el resto de localidades, es decir, para aquellas donde el 17 de abril (“Jueves Santo”) sea festivo, el jueves 22 de mayo el horario será de ocho a quince horas. En prueba de conformidad con el contenido del presente documento lo firman, en la fecha y lugar arriba indicados.

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