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Las empresas podrán fijar "exclusiones, reservas y preferencias" para favorecer a las mujeres
MUJER
Abrir la puerta a la discriminación positiva en el ámbito laboral para eliminar la desigualdad que padecen las mujeres. Con ese objetivo, el borrador del anteproyecto de Ley de Igualdad establece que los convenios colectivos podrán establecer "exclusiones, reservas y preferencias en la contratación, de modo que, en igualdad de condiciones de idoneidad, tengan preferencia las personas del sexo menos representado".
Los planes de igualdad serán voluntarios, pero las empresas con
más de 250 trabajadores deberán intentar pactar uno. Esta medida podrá llegar a
ser preceptiva cuando la ley lleve cuatro años en vigor. Los hombres tendrán 10
días de permiso de paternidad, que podrán tomar como reducción de jornada. En
ese caso durará 18 días.
El Gobierno entregó ayer a patronal y sindicatos el borrador de anteproyecto de
Ley de Garantía de la Igualdad entre Hombres y Mujeres. El Ejecutivo tiene la
intención de aprobar este texto en su fase inicial el próximo mes de marzo. El
documento presentado en la mesa de diálogo social tras meses de trabajo, al que
tuvo acceso EL PAÍS, se refiere sólo a la parte preliminar de la ley y a su
aplicación en el ámbito laboral. Está previsto que el anteproyecto definitivo
incluya también otros aspectos, entre los que figuran medidas para avanzar hacia
la paridad electoral.
- Discriminación en los convenios. "Mediante los convenios colectivos se podrán
establecer medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres al
empleo y para favorecer la aplicación efectiva del principio de igualdad de
trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y
hombres", establece el texto. Permite que se puedan dirigir con prioridad
programas de inserción laboral activa a colectivos de mujeres o establecer una
proporción para ellas. Se especifica también que los convenios colectivos podrán
establecer medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres a
todas las profesiones, pudiendo establecer exclusiones, reservas y preferencias
en las condiciones de contratación de modo que, en igualdad de condiciones de
idoneidad, tengan preferencia para ser contratadas las personas del sexo menos
representado en el grupo o categoría profesional de que se trate". Esta acción
positiva podrá aplicarse también en las decisiones de clasificación profesional
y formación.
- Inversión de la carga de la prueba. Toda conducta discriminatoria por razón de
sexo será nula de pleno derecho y dará lugar a "una indemnización disuasoria y
proporcional al perjuicio sufrido". Cuando en un proceso del orden civil,
contencioso-administrativo o social se deduzca la existencia de "indicios
fundados" de discriminación, "corresponderá al demandado la aportación de una
justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas
adoptadas".
- Igualdad de trato y acoso sexual. El texto, que también traspone una directiva
comunitaria, establece que el objeto de la ley es "la efectividad del principio
de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la eliminación
de la discriminación contra la mujer en cualesquiera ámbitos de la vida y, en
particular, en las esferas política, civil, económica, social y cultural (...)
para alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria". Define
la igualdad de trato como "la ausencia de toda discriminación por razón de sexo,
bien sea directa o indirectamente, y en particular en lo referido a la
maternidad, a la asunción de obligaciones familiares y al estado matrimonial o
familiar". También se considerará discriminación "el acoso sexual y el acoso
relacionado con el sexo".
- Protección a la maternidad. En su artículo 6, el borrador del anteproyecto
establece el derecho de las mujeres "a la protección a la maternidad como un
mecanismo de consecución de la igualdad de oportunidades". Añade que "todo trato
desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad
constituye discriminación directa por razón de sexo.
- Igualdad retributiva. En el título sexto, "el derecho al trabajo en igualdad
de oportunidades", se establece que el principio de igualdad, aplicable tanto en
el empleo privado como en el público, se garantizará tanto en el acceso a un
trabajo como en las condiciones retributivas. La brecha salarial entre hombres y
mujeres ronda ahora el 30%.
- Planes de igualdad en las empresas. El borrador entregado ayer rebaja los
planteamientos sobre los planes de igualdad en las empresas contenidos en los
primeros esbozos de la ley de igualdad (ver EL PAÍS de 8 de abril de 2005). La
patronal se ha mostrado contraria a esos planes. El texto actual afirma: "Las
empresas elaborarán y aplicarán un plan de igualdad cuando así se establezca por
convenio colectivo y en los términos en que se acuerde". Sólo las compañías con
más de 250 empleados estarán obligadas a negociar un plan de igualdad en el
marco del convenio, pero si no logran acordarlo, podrán carecer de él. El
secretario general de Empleo, Valeriano Gómez, indicó ayer que esta diferencia
de trato a las grandes compañías responde a que "son las que tienen menos
dificultades para aplicar esas medidas", informa Lucía Abellán. Por su parte, el
Gobierno deberá establecer medidas de fomento, incluido el apoyo técnico
necesario, para la adopción voluntaria de un plan de igualdad, especialmente en
las pequeñas y medianas empresas.
- Cuatro años de margen. En la última de sus disposiciones finales, el borrador
de la ley de Igualdad establece que cuando hayan transcurrido cuatro años de
vigencia de la norma, el Gobierno, los sindicatos y la patronal evaluarán "el
estado de la negociación colectiva en materia de igualdad". En función de la
evolución observada, se analizará "la posibilidad de establecer legalmente la
obligatoriedad de disponer de planes de igualdad en las empresas de más de 250
trabajadores".
- Objetivos concretos. El borrador detalla que los planes de igualdad que se
pacten en el seno de los convenios colectivos podrán fijar objetivos concretos y
plazos temporales para lograrlos, códigos de buenas prácticas y abordar materias
como el sistema retributivo de trabajadores y trabajadoras. El borrador también
establece sanciones para las empresas que discriminen.
Permiso de paternidad y "derecho a conciliar"
Los padres trabajadores dispondrán de un permiso de paternidad exclusivo (ajeno
al de la madre) de diez días de duración. Ahora sólo disponen de dos, según el
Estatuto de los Trabajadores. Podrán tomarlo de un tirón al nacer el niño o, si
lo pactan con la empresa, disfrutarlo trabajando media jornada durante un total
de 18 días (dos de descanso total y 16 de trabajo durante la mitad del tiempo).
El borrador de la ley de igualdad también consagra la conciliación de la vida
personal, familiar y laboral como una serie de derechos de los hombres y las
mujeres , "que buscarán la corresponsabilidad a través del reparto de las
obligaciones familiares, de las tareas domésticas y del cuidado de personas
dependientes mediante la individualización de los derechos". Estará prohibido
discriminar a quien los ejercite.
strong>Derecho a flexibilizar la jornada laboral
El trabajador debe tener derecho a adaptar la jornada laboral a sus
circunstancias personales. Bajo esta premisa, el Ministerio de Trabajo pretende
flexibilizar los horarios de entrada y salida de las empresas y aplicar otras
medidas que permitan conciliar mejor la vida laboral y familiar.
El Gobierno propone crear un permiso no remunerado por causas de fuerza mayor,
es decir, permitir, por ejemplo, a un padre ausentarse de su puesto si tiene a
un hijo enfermo (eso sí, sin cobrar). También se pretende ampliar el derecho a
la reducción de jornada (el Estatuto de los Trabajadores la contempla para
quienes tengan hijos menores de seis años; la idea sería elevar esa edad).
Trabajo es partidario de reducir la excedencia mínima (ahora es de un año) para
que los trabajadores que no puedan permitirse 12 meses sin salario opten por un
plazo más corto.
Sello de calidad para las firmas cumplidoras
El Ejecutivo es consciente de que para que los planes de igualdad prosperen es
necesario ofrecer incentivos a las empresas. En primer lugar, el Gobierno creará
una marca española de excelencia en igualdad que podrán exhibir las empresas que
cumplan los requisitos de igualdad exigidos.
Esa marca será algo similar al modelo que hoy existe para los alimentos
ecológicos. Las empresas podrán utilizarla en sus estrategias comerciales y
publicitarias, según explicó ayer el secretario general de Empleo, Valeriano
Gómez.
En una vertiente más tradicional, se establecerán subvenciones a cargo de
organismos públicos como el Instituto de la Mujer para la redacción y gestión de
esos planes. "El objetivo es que las medidas no sean costosas para las
empresas", explicó Gómez.
http://www.elpais.es
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