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POR UNA BUENA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
LOG OUT A TU HORA
Una buena organización del trabajo no necesita ampliar nuestra jornada laboral, lo cual sólo sería válido en situaciones puntuales justificadas y no como práctica habitual para cumplir objetivos.
Desde el Comité de Empresa venimos exigiendo a la dirección, regular las jornadas de trabajo con horarios que permitan una mejor convivencia entre el compromiso laboral y las responsabilidades personales y familiares. La estabilidad horaria repercute en beneficio de la empresa, ya que supone una motivación extra en el desarrollo de nuestra actividad laboral.
APAGA Y VAMONOS y si tu jefe te pide que te quedes, debes saber que según la legislación vigente:
· Estas haciendo horas extraordinarias sólo si eres un trabajador con contrato a tiempo completo (8 hrs.). Son de carácter voluntario (salvo para prevenir o reparar siniestros) y no pueden superar las 80hrs. al año. Actualmente en AMEX su retribución es la misma cuantía que la de una hora ordinaria, existiendo la opción de tomarla en tiempo libre, en tal caso debería ser en los 4 meses siguientes a su realización.
· Estas haciendo horas complementarias sólo si eres un trabajador con contrato a tiempo parcial indefinido (< 8 hrs.) qué tiene firmada un pacto expreso para su realización. Este pacto recoge el número máximo de horas complementarias anuales que te pueden pedir (máximo 15% de tu jornada ordinaria) siempre con un preaviso mínimo de 7 días. Se retribuirán como ordinarias. En caso de incumplimiento de los requisitos legales, el trabajador se puede negar a su realización pese haber sido pactadas. Quedará sin efecto de forma automática cuando finalice su vigencia.
Preguntas Frecuentes
· ¿Me pueden pedir realizar horas complementarias aunque no tengas pactado su realización? No, el empresario solo podrá exigir su realización mediante pacto expreso con el trabajador.
· Soy un trabajador a tiempo parcial con un contrato temporal, ¿Podría pactar la realización de horas complementarias? No, solo se podrá formalizar un pacto de horas complementarias en el caso de contratos a tiempo parcial de duración indefinida.
· Con un contrato indefinido a tiempo parcial ¿Podría negarme a firma el pacto de horas complementarias? Sí. Pero si lo firmas, acuerdas la realización de estas horas siempre que la empresa te pida hacerlas, siempre y cuando no excedan del límite que has pactado.
· ¿Puedo romper el pacto sobre la realización de horas complementarias? Si, para atender responsabilidades familiares, por necesidades formativas o por incompatibilidad con otro contrato a tiempo parcial. Es necesario que haya transcurrido un año y que el trabajador preavise con 15 días.
· Tengo un contrato a tiempo parcial y no tengo firmado ningún pacto de horas complementarias, sin embargo me están pidiendo con frecuencia que prolongue mi jornada. ¿En qué situación me encuentro? En este caso la empresa esta obligada a modificar tu contrato y convertirlo en contrato a tiempo completo.
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