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Firmado el CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL CICLO DE COMERCIO DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS 2016-2018

Con fecha 19 de diciembre, se ha procedido a la firma del CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL CICLO DEL COMERCIO DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS para los años 2016, 2017 y 2018. El Convenio ha sido suscrito por los sindicatos CC.OO. y UGT, y por CEGAL (Confederación Española de Gremios y Asociaciones de Libreros) y FANDE (Federación de Asociaciones Nacionales de Distribuidores de Ediciones.)


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El convenio, que tiene ultraactividad indefinida, regula las condiciones de trabajo de alrededor de 20.000 trabajadores y trabajadoras, y establece una subida salarial acumulada del 3% (un 1% cada año), con cláusula de revisión al alza, que garantiza la incorporación a las tablas salariales de 2018 de la diferencia con el IPC acumulado de 2016 y 2017, con un límite del 0,5%, y la incorporación a las tablas de 2019 de la diferencia con el IPC de 2018, con el mismo mencionado límite.

También establece un incremento del 6,25% de los cuatrienios devengados a partir del 1 de enero de 2016, que pasan de 16 a 17?; la transformación del antiguo Plus Convenio en Salario Base; y el adelanto del abono de la paga extra de verano, que pasará a cobrase en la nómina del mes de junio.

Igualmente, se incorporan una serie de mejoras de distintos aspectos en materia de beneficios sociales y conciliación de la vida personal, tales como:

  • La inclusión de las parejas de hecho en el permiso de matrimonio.

  • La eliminación de la limitación que existía para la percepción de una mensualidad por nacimiento de hijo o hija en el caso de que tanto el padre como la madre trabajaran en el Sector.

  • La posibilidad de acumulación del permiso de lactancia en un permiso de 15 días laborables, y 4 más adicionales por cada hijo o hija a partir del segundo en el caso de parto, acogimiento o adopción múltiple.

  • La ampliación de 14 a 16 años de la edad de los hijos e hijas en el permiso de asistencia a consultorio médico para acompañarlos.

  • La ampliación a 5 días del permiso por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta primer grado.

  • La inclusión de la posibilidad de disfrute en días alternos del permiso en caso de accidente o enfermedad graves o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario

  • Incremento de 15.000 a 18.000? del importe asegurado en caso de accidente de trabajo, y extensión de la cobertura a la contingencia de fallecimiento

Por todo ello, CCOO valoramos positivamente la firma de este Convenio, que dota de estabilidad y homogeneidad al Sector durante tres años más. 

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