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Cuidar familiares con grado de discapacidad igual al 65% da derecho a reducción de jornada sin reducción de sueldo

ENTORNO CC.OO.

CCOO de Catalunya consigue que el personal al servicio de las AAPP catalanas que cuidan familiares con grado de discapacidad igual al 65% pueda disfrutar de la reducción de jornada sin reducción proporcional del sueldo


Este artículo se publicó originalmente en Fraternidad (Servicios CCOO en Fraternidad Muprespa) ,


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A instancias de CCOO de Catalunya se equipara la exigencia de grado de disminución establecido en la ley de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal al servicio de las administraciones públicas de Catalunya

CCOO de Catalunya manifestamos a los grupos parlamentarios el perjuicio que suponía, para el personal al Servicio de las Administraciones Públicas catalanas, la redacción del Artículo 97.2. de la Ley 6/2002, de 25 de abril, de medidas relativas a la conciliación del trabajo con la vida familiar del personal de las administraciones públicas catalanas, donde se establecía el derecho a reducción entre la mitad y un tercio de la jornada de trabajo con una percepción del 80% o del 60% de la retribución en caso de cuidar un niño menor de 6 años o un familiar con disminución reconocida de más del 65%.

Este hecho era contradictorio con otras disposiciones legales que cuando hacen referencia al grado de discapacidad exigen una disminución igual o superior al 65%:

Todos los grupos parlamentarios aceptaron nuestra propuesta de que se sustituyera “grado superior al 65%” por “grado igual o superior al 65%”. En el pasado pleno del Parlamento del día 22 de junio se presentó una enmienda consensuada por todos los grupos que ha supuesto que, en el Artículo 26 del proyecto de ley, un grado de disminución igual o superior al 65% permita disfrutar del derecho a reducción de jornada sin reducción proporcional de salario.

CCOO de Catalunya manifestamos nuestra satisfacción por el hecho de que la aceptación de nuestra propuesta ha hecho posible que el personal al servicio de las AAPP catalanas con familiares con discapacidad igual al 65% puedan disfrutar de los beneficios sobre reducción de jornada establecidos en la ley sobre conciliación de vida personal, familiar y laboral en igualdad de condiciones.

CCOO de Catalunya

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