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El acoso psicológico en el ámbito laboral de los poderes públicos
MOBBING
Hay un nuevo concepto que ronda por los ámbitos laborales y aunque se descubre muy lentamente, va imponiendo su realidad de un modo cada vez más visible. La práctica del "mobbing" no es complicada: se necesita solamente algún grado de perversidad y una política organizacional que lo apoye.
Sin embargo, debemos precisar que, en realidad, el fenómeno no
es nuevo; lo nuevo está en la intensidad y difusión que ha alcanzado, en la
mayor sensibilidad frente a los derechos que vulnera y en el mayor conocimiento
de sus efectos.
La victimóloga francesa Marie-France Hirigoyen, utiliza el término acoso moral
para referirse a ciertas conductas de la vida cotidiana que constituyen una
forma de violencia perversa, a un proceso de maltrato psicológico en el que un
individuo puede destruir a otro sin ningún sentimiento de culpa. En el campo
laboral, el acoso moral es descrito por ella como un proceso de maltrato
psicológico mediante el cual un individuo puede hacer pedazos a otro y el
ensañamiento puede conducir, incluso, a un verdadero asesinato psíquico. Se
trata de cualquier manifestación de una conducta abusiva y, especialmente, los
comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que puedan atentar contra la
personalidad, la dignidad o la integridad física o psíquica de un individuo, o
que puedan poner en peligro su empleo, o degradar el clima de trabajo.
Además, cuando el proceso de acoso se instaura, la víctima es estigmatizada: se
dice que el trato con ella es difícil, que tiene mal carácter o que está loca.
Se considera que su personalidad es la responsable de las consecuencias del
conflicto y la gente se olvida de cómo era antes o de cómo es en otro contexto.
Más aún, las víctimas, al principio y contrariamente a lo que los agresores
pretenden hacer creer, no son personas afectadas de alguna patología o
particularmente débiles. Al contrario, el acoso empieza cuando una víctima
reacciona contra el autoritarismo de un superior y no se deja avasallar. Su
capacidad de resistir a la autoridad a pesar de las presiones es lo que la
señala como blanco. La empresa en su conjunto se puede convertir en un sistema
perverso cuando el fin justifica los medios y cuando está dispuesta a todo
-incluso a destruir a sus empleados- con tal de alcanzar sus objetivos. En este
caso, la mentira desencadena el proceso perverso en el mismo nivel de la
organización del trabajo.
Siguiendo este mismo encuadre, el profesor español Sagardoy señala que el
proceso tiende a la aniquilación del acosado para que ante el sufrimiento que
experimenta, abandone la organización. Así, la empresa acaba siendo un campo de
concentración.
Por su parte, Rosillo agrega que la explicación de este fenómeno se puede
encontrar en las teorías pseudocientíficas, económicamente ruinosas y
prácticamente inaplicables como técnicas de dirección, cuyo único fundamento
estriba en el error o en la impostura intelectual de quienes las propalan.
Recordemos que el profesor Leymann decía: en las sociedades de nuestro mundo
occidental altamente industrializado, el lugar de trabajo constituye el último
campo de batalla en el que una persona puede destruir a otra sin ningún riesgo
de llegar a ser procesada ante un Tribunal. Esto es lo que, desafortunadamente,
se puede ver y, por cierto, más de una vez.
Debido a la escasa difusión del tema, muchos de estos actos de violencia
laboral, que evidencian irracionalidades y sistemas ineficientes, quedan
impunes.
También se observa cómo el miedo genera conductas de obediencia, cuando no de
sumisión, en la persona atacada, pero también en los compañeros que dejan hacer
y que no quieren fijarse en lo que ocurre alrededor (si es que son sólo
espectadores y no cómplices concientes que aprovechan la situación que los
favorece al entorpecer o eliminar a un competidor más cualificado).
De tal manera se puede apreciar asimismo que tales actos son naturalizados por
el entorno, esto es, por los observadores del proceso y por la organización como
macroestructura, reforzando relaciones de poder. También en estos casos se
advierte que se genera una victimización institucional o secundaria: el
acosado no sólo no obtiene ayuda en la institución, sino que ésta contribuye a
multiplicar los efectos del acoso por cuanto recibe como respuesta
comportamientos elusivos que validan el maltrato original.
Tengamos presente que la violencia que no tiene por qué ser física. A veces está
presente de manera encubierta. Para que esto no suceda más y como se trata
asimismo de un problema social que existe en forma constatada pero que la
sociedad todavía se resiste a hablar de él, es que aspiramos a través de este
espacio estimular a la reflexión para crear la conciencia personal y social de
la gravedad de esta patología de gestión de los recursos humanos.
Siendo la difusión social del problema uno de los mecanismos más eficaces para
este fin, aspiramos a brindar la necesaria información del creciente desarrollo
del estudio de esta temática dando a conocer las investigaciones realizadas al
respecto, para encontrar las respuestas legales y éticas y las estrategias de
prevención, intervención y de control más adecuadas para erradicar estas
prácticas.
La legislación específica, que a esta altura es una prioridad, deberá establecer
las sanciones correspondientes: en un Estado de Derecho no pueden quedar impunes
los actos de violencia laboral que avasallan los derechos fundamentales de la
persona humana.
21/12/2005 - Dra. Patricia Barbado - Argentina (Publicado en Jurisprudencia
Argentina, Buenos Aires, 29.12.04, t. 2004-IV, suplemento de Derecho
Administrativo correspondiente al fascículo Nº 13)
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