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NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO DE MEDIACIÓN EN SEGUROS PRIVADOS
Son pocos los avances en la negociación dadas las fechas en las que nos encontramos.
En la reunión de mesa de negociación de ayer, se respondió a algunas de las reivindicaciones tanto por la parte patronal como por la sindical.
Los avances aún así no son muchos o al menos no son los que nos gustarían dadas las fechas en las que nos encontramos, sobretodo ante la posición inamovible de alguna de las partes integrantes de la mesa.
AEMES avanzó, aunque poco, en sus posiciones iniciales aceptando un incremento salarial sobre tablas del 1,25% con cláusula de revisión reversible y sin afectar al CAI. Por laeliminación del Premio de Jubilación ofrecieron un aumento de las tablas del 0,50% para el primer año y otro 0,50% para el segundo, siendo así para ellos lavigencia posible del convenio de 2 años. Aceptan también el aumento a 15 días laborables de acumulación de lactancia, la eliminación de la regulación del Comité Intercentros y se mantienen absolutamente cerrados a abordar una reducción de jornada en cómputo anual.
Por nuestra parte, también contestamos a algunas de las reivindicaciones patronales de forma que en principio no veríamos problema alguno en aceptar la inclusión de las Agencias de Suscripción en el ámbito funcional del convenio, la ampliación del período máximo de 12 meses dentro de un plazo de 18 para los contratos eventuales y la acumulación de las horas de formación hasta tres años según Resolución de la DGS.
Uno de los temas que nos comprometimos a analizar es la compra del Premio de Jubilación que ofrece la patronal a cambio de la subida en tablas del 1% en dos años. Ante esto y una vez realizados los cálculos oportunos, entendemos que la compra de esta expectativa de derecho no debe ser inferior al 1,5% sobre tablas.
Debemos tener en cuenta que las Pagas de Jubilación reguladas por convenio se cobran cuando el trabajador se jubila a los 65 años y en el mismo mes en que los cumple. De no ser así, la provisión realizada por las empresas la recuperan y por tanto, el trabajador que se prejubila, se marcha de la empresa o es despedido, no cobra nada en este concepto. Es por tanto una expectativa de derecho que en la mayoría de casos no se ejerce.
La subida general de las tablas sectoriales supone la consolidación de esta expectativa de derecho desde la fecha de efecto del convenio y la congelación y mantenimiento de los derechos pasados de cada trabajador, es decir, de las pagas que ya haya generado y que podrá cobrar también si cumple el requisito de jubilación a los 65 años. Siendo así, no existe pérdida alguna de derechos. A cambio de ello, la subida de tablas beneficiaría de forma inmediata a todos los trabajadores del sector, incluidos los contratados por ETT.
Mantenemos nuestra postura con respecto al incremento salarial del 2% de previsión y la cláusula de revisión tal y como la veníamos estableciendo en años anteriores. Seguimos pensando en una vigencia de 3 años del convenio y también en la necesidad de hacer alguna modificación en la jornada laboral, y por supuesto, seguimos defendiendo el resto de nuestra plataforma reivindicativa.
Entendemos que es importante empezar a despejar algunas de las cuestiones fundamentales que puedan permitir la firma del convenio, por lo que seguiremos avanzando en nuestras propuestas en las próximas reuniones.
UGT dio respuesta negativa a todos y cada uno de los temas debatidos rectificando así alguna de las contestaciones y propuestas facilitadas por ellos mismos en la reunión anterior.
La próxima reunión de la Mesa de Negociación está prevista para el próximo día 29 de Junio.
Seguiremos informando.
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