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Aplicación de la cláusula de garantía
Nuestros salarios suben el 3,48%
16 01 08 La cláusula de garantía del IPC firmada para el Convenio Colectivo 2007 2010 garantiza nuestro poder adquisitivo y va a operar este año, puesto que el IPC de 2007 ha sido del 4,2%, un 1,45% por encima del 2,75% pactado para 2007.
Nuestros salarios suben el 3,48%,
desde el 1 de enero de 2008
La cláusula de garantía del IPC firmada para el Convenio Colectivo 2007 - 2010 garantiza nuestro poder adquisitivo y va a operar este año, puesto que el IPC de 2007 ha sido del 4,2%, un 1,45% por encima del 2,75% pactado para 2007.
1.Esto significa que para 2008 nuestros salarios se incrementan un 3,48% con efectos desde el 1 de enero, fruto de aplicar la diferencia de IPC del 1,45% a las tablas salariales de 2007 y, sobre los importes resultantes de esta actualización, aplicar la subida del 2% pactada en el Convenio para 2008.
2.Ya están contrastada con AEB las tablas salariales que reproducimos al dorso de esta circular y ya se han comunicado a los bancos, con el objetivo de que podamos cobrar el incremento salarial en este mismo mes de enero.
3.La cláusula de garantía de IPC opera ahora actualizando las tablas salariales de 2007, con efectos desde el 1 de enero de 2008.
4.Para el próximo año y siguientes, además de la actualización de tablas, se percibirán atrasos por la diferencia de IPC y el incremento percibido desde el 1 de enero de cada año. En 2009, si el IPC es mayor que el 2%, se actualizarán las tablas salariales de 2008 y se cobrarán los atrasos correspondientes.
5.Una vez más, la negociación colectiva se constata como la mejor fórmula de actualizar nuestros salarios y organizar la defensa de nuestros intereses. La capacidad negociadora de los sindicatos es la mayor garantía de conseguir nuestros objetivos, regulando y mejorando nuestras condiciones laborales.
Tu afiliación contribuye directamente a mejorar la capacidad de negociación.
Enero de 2008
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