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Insistimos de nuevo en la ampliación de condiciones de préstamos a la cartera viva.

El convenio 2007-2010 ya publicado en el B.O.E. el pasado 30 de noviembre ha mejorado notablemente las condiciones del préstamo para adquirir o cambiar la vivienda.


Este artículo se publicó originalmente en Caja Murcia (Servicios CCOO en Caja Murcia) ,


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Se pasa de tener derecho a un capital mínimo de 5 anualidades de Nivel X, 117.133 euros durante el 2006, a tener derecho a un mínimo de 186.000 euros. Igualmente el plazo de devolución pasa de 25 a 35 años, pudiendo llegar a los 70 años de edad, permitiendo así unas cuotas más asequibles, liberando capacidad de endeudamiento. De esta forma, si en el último semestre de 2007 la cuota mínima era de 446 euros, con un aumento de casi 70.000 euros en el capital, para llegar a 186.000 euros y con el aumento del plazo a los 35 años, la cuota de amortización sólo aumenta 84 euros. 

Convenio

Capital mínimo

Interés

Años

Cuota creciente

Cuota mensual

2003-2006

117.133

2.98%

25

2%

446

2007-2010

186.000

2.98%

35

2%

530

En el texto del convenio no se ha podido articular la aplicación de estas nuevas condiciones a la cartera viva de préstamos de empleados por la dificultad de casar en un solo texto la multiplicidad de casuísticas.

            Con el fin de no discriminar a los compañeros/as que lo solicitaron en anteriores convenios, con préstamos vivienda a 20 o 25 años y que debido los últimos incrementos en el tipo de interés se les está haciendo gravosa su situación, solicitamos a la empresa la aplicación de estas mejoras a la cartera viva y la ampliación del plazo de devolución siempre que sea solicitado.

Y además si comparamos cuotas para 186.000€. con las del Acuerdo de mejora resultaría:

 

Capital

Interés

Años

Tipo de Cuota

Cuota mensual

Acuerdo Caja

186.000

2.98%

35 máx.edad 65

Constante

714€

Convenio colectivo

186.000

2.98%

35 edad máx.70

Creciente 2%

530 €

Aparte del límite de edad que le beneficia a todos/as aquellos/as compañeros/as mayores de 30 años, del cuadro anterior se puede ver claramente el incremento en la capacidad de endeudamiento conseguido, pasando de unas cuotas iniciales con las condiciones del actual acuerdo de mejora de 714€  a 569€ resultante con las del Convenio Colectivo y que convierte a esta última en una opción muy interesante.

Pero debemos dejar bien claro que, la ampliación del plazo exige una novación del o de los préstamos que precisa de la intervención de notario e inscripción en el registro, lo que conlleva gastos ajenos a la entidad. En este caso la empresa ha de permitir la novación a las nuevas condiciones y, en todo caso, ha de ser el empleado o la empleada el que valore si el cambio de condiciones, con los gastos que pueda comportar, le merece o no la pena.

Esperemos poder contar con la buena voluntad de la Caja y que en mejora de todos/as nosotros/as, accedan a nuestra petición.

 

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