Arquivado en Comunicados, ERE
Finaliza con acuerdo el ERE en Targo Bank
En la tarde del pasado día 5 los integrantes de la mesa negociadora alcanzamos un Acuerdo que pone fin a la negociación del ERE en TARGOBANK. El Acuerdo fue suscrito por CCOO y UGT, lo que supone un 88% de la mesa. Las medidas propuestas en el Acuerdo reducen de manera significativa la propuesta inicial planteada por el Banco. No debemos olvidar que este ERE se fundamenta en causas económicas, productivas y organizativas, por lo que en base al Estatuto de los Trabajadores, la indemnización legal es de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
El primer objetivo de la representación sindical era minimizar el impacto de puestos de trabajo a extinguir: hemos bajado la cifra de salidas de 180 a las 149 finales, una reducción del 17,23% sobre el planteamiento inicial de la empresa. Sin olvidar nuestra intención de poner sobre la mesa los temas de voluntariedad y prejubilaciones.
Prejubilaciones
Colectivo con 61 años o más
- -20 días por año trabajado con un máximo de una anualidad.
De 59 a 60 años:
- 70% del salario fijo bruto anual hasta los 63 años.
De 57 a 58 años:
- 65% del salario fijo bruto anual hasta los 63 años.
De 55 a 56 años:
- 60% del salario fijo bruto anual hasta los 63 años.
Para el colectivo de 55 a 60 años
- -Descontando prestación teórica por desempleo.
- -Convenio Especial con la Seguridad Social hasta los 63 años.
- -Incremento anual del 1%
- -Antigüedad mínima en la empresa de 15 años.
Beneficios sociales y condiciones bancarias hasta el 31-12-2020 en todos los casos.
Hemos conseguido que todas las extinciones de contratos se realicen en unas condiciones económicas muy superiores a los mínimos marcados por la Reforma Laboral y por la oferta de la empresa, que durante muchos días no se movió de 26/15.
CCOO junto a UGT, como firmantes del Acuerdo, hemos trabajado para que el perímetro de puestos de trabajo y de oficinas cerradas, fuera el menor posible y que quienes opten por acogerse voluntariamente a salir de la empresa, lo hagan con una dotación de recursos suficiente que permita una renta sustitutiva digna.
El Acuerdo también recoge a través de Outplacement, del compromiso de la empresa externa contratada (LHH) de recolocar como mínimo al 80% de las personas que soliciten su inclusión en el programa activo de empleo.
Como se puede comprobar con los dos ejemplos prácticos incluidos, la acción sindical desarrollada por CCOO hace que el Acuerdo Final alcanzado, diste mucho de las condiciones que establece la reforma laboral y que podrían haberse aplicado en caso de que no hubiese habido acuerdo.
Resto de personas
-33 días por año trabajado con un límite de 22 mensualidades.
-Primas por antigüedad:
- Hasta 5 años .............................. 4.000 €
- De 5 a 10 años ........................... 8.000 €
- De 10 a 15 años ....................... 12.000 €
- De 15 a 20 años ....................... 16.000 €
- De 20 a 25 años ....................... 20.000 €
- De 25 años en adelante .......... 24.000 €
-Aquellos trabajadores con edades comprendidas entre 50 y 54 años percibirán una prima adicional lineal de 10.000 €.
-Conservarán los beneficios sociales y condiciones bancarias hasta el 31-12-2020.
A partir de la firma hasta el 13 de diciembre se abrirá el plazo de adscripciones voluntarias. El Banco tendrá un plazo de hasta 7 días después de la finalización del plazo de adscripción voluntaria para confirmar la aceptación o no de cada solicitud recibida. En este periodo comunicarán a los afectados su inclusión en el E.R.E.
Exponemos dos ejemplos prácticos comparando la indemnización por E.T. y la que se producirá gracias al Acuerdo suscrito.
Aunque nunca podremos estar contentos con la pérdida de puestos de trabajo, valoramos positivamente el resultado final del proceso de negociación del despido colectivo planteado por Targobank. Sólo desde la negociación y desde la defensa firme de las propuestas que planteamos ha sido posible modificar y mejorar las condiciones iniciales planteadas por el banco.
Targobank se compromete a no iniciar un nuevo proceso de regulación hasta el 31-12-2021 por las mismas causas alegadas en este (económicas, organizativas y productivas). Durante este periodo cualquier despido individual, salvo disciplinario procedente, percibirá las mismas condiciones que en este ERE.
Los delegados de CCOO estamos a vuestra disposición para atender cualquier consulta.
10 de diciembre de 2019
Foto: Jan Hagelskamp1 [CC0], via Wikimedia Commons
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