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Navarra prohibirá que los consejeros tengan cargos políticos o públicos.

CAJA BADAJOZ. NUEVOS ESTATUTOS PARA CAJA NAVARRA.

El Ministerio de Economía y el Gobierno de Navarra, junto a los técnicos de Caja Navarra (CAN), han elaborado los nuevos estatutos de la entidad de ahorro.


Este artículo se publicó originalmente en ibercajabanco (CCOO en iberCaja Banco) ,


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Los nuevos estatutos serán publicados en los próximos días a través de una orden ministerial. De esta forma, CAN se convertirá en la primera caja española totalmente despolitizada.  Sus estatutos servirán de base para limitar el peso político en el sector.

EFE  ÁNGELES GONZALO Madrid

  El Ejecutivo central y el Gobierno de Navarra llevan meses trabajando en los primeros estatutos de una caja de ahorros, en este caso de CAN, donde la representación política tanto en su consejo de administración como en su asamblea general será nula.  La redacción de estos estatutos, que ya han sido aprobados y sólo están a falta de su publicación como orden ministerial, coincide en el tiempo con el debate abierto para reformar la Ley de Órganos

Rectores de las Cajas de Ahorros (Lorca) para despolitizar el sector, un asunto que abordará el Gobierno en el segundo semestre.    Pese a eliminar el peso político en CAN, el texto preserva “la singularidad de las cajas como entidades de amplia representación social”. La asamblea de la caja, así, mantendrá la representación de impositores, trabajadores, instituciones públicas y entidades privadas de relevancia económica, social y cultural, lo mismo que en el consejo y en la comisión de control.

La innovación es que se “prohíbe” que los miembros de los órganos de gobierno de la entidad ostenten cargos públicos o políticos, según recoge el texto explicativo de esta norma. De esta forma, ningún consejero de CAN podrá ser miembro del Gobierno, director general, diputado o senador, parlamentario europeo, miembro de corporaciones municipales, ni tampoco presidente, secretario general o miembro de las comisiones ejecutivas de partidos políticos. 

Además, al nombrar a sus representantes en la asamblea tanto los impositores, trabajadores e instituciones públicas y privadas “deberán informar a los mercados y justificar las designaciones en base a criterios de calificación y experiencia atendiendo al carácter de entidades financieras”, explican todas las fuentes consultadas.

Los representantes del consejo y de la comisión de control deberán ser profesionales del sector financiero y económico. De esta forma, se incorporarán a estos órganos expertos que no son miembros de la asamblea y por lo tanto, no están vinculados a los distintos grupos en ella representados. 

El primer ejecutivo de la entidad será el director general o consejero delegado, que se incorporará al consejo de administración, algo que no sucedía en la actualidad.

La comisión de control se especializará en la supervisión de la dirección en materia financiera. Y se separan las funciones entre el consejo y la línea ejecutiva vinculada al director general.

Otra novedad es que las entidades públicas (comunidad autónoma y municipios) se incorporan a la denominada

Junta de Entidades Fundadoras, que no reúne la condición de órgano de gobierno, con voz no vinculante en las decisiones de la caja.   En los estatutos también se incluirá el derecho de los clientes a decidir sobre el destino y porcentaje de los beneficios destinados a obra social.

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