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¿Puedo disfrutar el permiso por paternidad en jornada parcial?
Según el Art.48.bis(ET) es posible disfrutar el permiso de paternidad en días completos o en jornada parcial del 50%, de modo que, en vez de tener 13 días completos de permiso, se tengan 26 días de jornada parcial, trabajando al 50% y cobrando el 100%, previo acuerdo con la empresa.
Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE
El Consejo de CCOO Servicios aprueba las fechas y los documentos a debatir durante su tercer proceso congresual
El Tribunal Supremo afirma que los permisos retribuidos se conceden para su disfrute en días laborables
BOLETÍN INFORMATIVO
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
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