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Seguimos defendiendo el incremento de ¼ de paga de beneficios en Banco Sabadell
25 05 07 En consecuencia con nuestra posición, reiteramos lo reclamado a Banco Sabadell ya en marzo y es que se abone el ¼ de paga y, además, NO SE ABSORBA. (PDF:Cat / Cas / Gal)
SEGUIMOS DEFENDIENDO EL INCREMENTO DE ¼ DE PAGA DE BENEFICIOS
Tal como anunciábamos en nuestro comunicado de marzo de 2007, esta sección sindical sostiene que de la aplicación del artículo 18 del Convenio Colectivo de Banca (CCB) se deriva el incremento de ¼ de paga de beneficios en este año 2007.
Para calcularlo se establece una comparación entre el coste de una paga líquida del 2006 de toda la plantilla y el dividendo líquido finalmente abonado a los accionistas por el ejercicio 2006. En marzo percibimos 1,5 pagas de beneficios, lo mismo que el año anterior, porque para establecer si se produce o no un incremento de pagas de beneficios, primero es necesaria la aprobación del pago de dividendos en la Junta de Accionistas (28 de marzo del 2007), en segundo lugar es necesario conocer el dividendo líquido realmente abonado y, finalmente, según establece el CCB, si se produce un incremento de cuartos de paga de beneficios, la empresa dispone hasta el 30 de junio para proceder a su abono.
En estos momentos estamos discutiendo con la empresa los parámetros económicos que configuran la citada fórmula y, a nuestro entender, se constata que se produce un incremento de ¼ de paga que debería abonarse en este mes o el próximo.
En consecuencia con nuestra posición, reiteramos lo reclamado ya en marzo y es que se abone el ¼ de paga y, además, NO SE ABSORBA.
No es admisible que con un incremento de un 50% de beneficios y habiendo publicado el reparto de opciones sobre acciones (no absorbibles) para 500 directivos, se excluya al resto de la plantilla de participar en los espectaculares beneficios que obtiene la empresa y que hemos producido entre todos.
Seguiremos informando.
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