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PLAN IGUALDAD GRUPO MINSAIT

Alcanzado principio de acuerdo para el Plan de Igualdad de Grupo en Minsait

En la mañana de hoy, día 29 de febrero, se ha celebrado la decimonovena reunión de la mesa negociadora del Primer Plan de Igualdad de Grupo de Minsait, y nos alegra comunicaros que hemos alcanzado un principio de acuerdo con la empresa.
Una vez analizada en detalle la última propuesta que nos enviaron en el día de ayer, pudimos comprobar que contenía muchas de las mejoras que planteamos. Esto permitió que se acercaran posturas hasta el punto de poder llegar a un acuerdo, siempre y cuando se incluyeran en la propuesta final ciertas mejoras que, desde CCOO, consideramos irrenunciables.
Como ya os hemos ido informando en diversos comunicados, desde CCOO hemos llevado a la mesa de negociación una propuesta con medidas de conciliación que mejoran sustancialmente las ya existentes. El Primer Plan de Igualdad de Grupo de Minsait incluye un 36% más de medidas de las que había en los anteriores planes y, además, tenemos el compromiso por parte de la empresa de sumar nuevas medidas al Plan a lo largo de los cuatro años de vigencia del mismo.


Este artículo se publicó originalmente en Indra (Sección Sindical de CCOO en Indra) ,


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Estimados compañer@s,

En la mañana de hoy, día 29 de febrero, se ha celebrado la decimonovena reunión de la mesa negociadora del Primer Plan de Igualdad de Grupo de Minsait, y nos alegra comunicaros que hemos alcanzado un principio de acuerdo con la empresa.

Una vez analizada en detalle la última propuesta que nos enviaron en el día de ayer, pudimos comprobar que contenía muchas de las mejoras que planteamos. Esto permitió que se acercaran posturas hasta el punto de poder llegar a un acuerdo, siempre y cuando se incluyeran en la propuesta final ciertas mejoras que, desde CCOO, consideramos irrenunciables.

Como ya os hemos ido informando en diversos comunicados, desde CCOO hemos llevado a la mesa de negociación una propuesta con medidas de conciliación que mejoran sustancialmente las ya existentes. El Primer Plan de Igualdad de Grupo de Minsait incluye un 36% más de medidas de las que había en los anteriores planes y, además, tenemos el compromiso por parte de la empresa de sumar nuevas medidas al Plan a lo largo de los cuatro años de vigencia del mismo.

Os presentamos algunas de las principales mejoras que hemos acordado:

  • Complemento hasta el 100% del salario desde el primer día de incapacidad temporal, sin merma alguna por ninguna razón o circunstancia, hasta el momento en que se produzca el alta con la consiguiente reincorporación al puesto de trabajo, notificación del INSS de la finalización del subsidio o el agotamiento del periodo máximo de prestación, esto es, generalmente, hasta el mes 18 desde el inicio de la baja.
  • Mejora y ampliación de diferentes permisos retribuidos:
  • Permiso en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de familiares hasta 2º grado de consanguinidad/afinidad, o persona conviviente en el mismo domicilio, aunque no sea familiar: 5 días laborables.

Siempre que se informe con la debida antelación, los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:  

  • En caso de hospitalización, el permiso se podrá disfrutar en medias jornadas o en jornadas completas, consecutivas o no, hasta 15 días naturales después del alta hospitalaria.
  • En los supuestos en los que no haya hospitalización, el permiso se podrá disfrutar en medias jornadas o en jornadas completas, consecutivas o no, hasta agotar el permiso y hasta 15 días naturales después del hecho causante.

En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis…) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.

  • Permiso por fallecimiento de familiares de primer grado de consanguinidad/afinidad: 
    • De consanguinidad: 5 días laborables, Este permiso resultará de aplicación en relación al cónyuge o pareja de hecho de la persona trabajadora.
    • De afinidad: 4 días laborables.

Cuando se trate del fallecimiento de un hijo/a el permiso será de 10 días laborables o 12 en caso de desplazamiento.

  • Permiso por fallecimiento de familiares de segundo grado de consanguinidad/afinidad: 

3 días laborables.

En ambos permisos de fallecimiento:

  • Si el hecho causante es durante la jornada de trabajo, se considerará el comienzo del permiso a partir del siguiente día laboral.
  • En el caso de estar de vacaciones cuando ocurra, se considerarán suspendidas desde la fecha del fallecimiento, si así lo solicitase la persona trabajadora, y se retomarán desde el siguiente a la finalización del permiso.

En todos los permisos, en caso de necesitar desplazamiento de entre 100 y 300 km el permiso se incrementará en un día adicional, que podrá disfrutarse en dos medias jornadas y, para desplazamientos superiores a 300 km, el permiso se incrementará en dos días. Se considerará desplazamiento en aquellos casos en los que la distancia sea superior a los 100 km por trayecto.

Esto es solo un resumen de las principales medidas, una vez se firme definitivamente el Plan, os trasladaremos la propuesta de medidas completa.

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

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