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Boletín informativo
NOVEDADES EN LA GESTIÓN Y CONTROL DE PARTES POR INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2023
La persona trabajadora no tendrá que presentar parte de baja, alta ni confirmación a la empresa a partir del 1 de abril por bajas inferiores a un año.
CAMBIOS
- Cesa la obligación por parte de la persona trabajadora de tener que aportar la copia en papel de los partes de baja y alta médica.
- La empresa o la mutua realizarán las gestiones oportunas de manera telemática e inmediata con la Seguridad Social.
- En los procesos de bajas médicas, se establecera el periodo concreto de revisión médica.
ACTUACIONES SEGÚN LA DURACIÓN DE LAS BAJAS.
Información ante alerta meteorológica
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Publicación en el BOCM del nuevo Convenio de Oficinas y Despachos 2025-26
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Convenio Colectivo Grandes Almacenes 2023-2026