Archivado en Salud Laboral, Condiciones de trabajo

LA DISTANCIA SI IMPORTA
El pasado 13 de enero, recibimos en la Sede, la visita de la Subinspectora Provincial de Trabajo, quien pudo comprobar de primera mano que en las zonas tupper de planta baja y entreplanta, así como en el comedor de la entreplanta, la organización de los puestos destinados a comida no garantiza la distancia mínima de 1.5 metros, requiriendo su subsanación en un plazo máximo de 10 días.
Estatuto de los Trabajadores (actualizado 11-5-2021)
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears
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Convenio colectivo del Sector de Comercio Vario de la Comunidad de Madrid