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Reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad

La Moncloa - Reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad

CCOO Servicios - Aprobados dos reglamentos sobre igualdad. Llamamiento a las empresas para empezar a negociar

El Consejo de Ministros ha aprobado dos reales decretos fruto del Acuerdo por la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el trabajo, alcanzado el pasado mes de julio tras un proceso extenso de diálogo con los agentes sociales, y otorgan rango de ley a los reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad, acordados en el marco del Diálogo Social.

Los reales decretos garantizarán la igualdad retributiva, la efectividad de los planes de igualdad y su registro con información retributiva desglosada y promediada, por clasificación profesional y por trabajos de igual valor.

 


Este artículo se publicó originalmente en do Value (CCOO en do Value) ,


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Nota CCOO Altamira

En Altamira ya hemos solicitado la celebración de una reunión extraordinaria del Comité de Igualdad para contemplar la adaptación nuestro plan de igualdad y diagnóstico salarial a lo dictado por los reglamentos publicados dentro de los plazos fijados a los 6 meses de publicación de los reglamentos.

Reglamentos

El reglamento para la igualdad retributiva establece para todas las empresas de más de 50 trabajadoras y trabajadores la obligación de tener un registro retributivo para advertir si existe hipervaloración o infravaloración del puesto según el género. Las empresas deberán elaboran un plan de igualdad y realizar una auditoría retributiva, es decir, un diagnóstico de la situación retributiva y un plan de acción para corregir diferencias y prevenirlas.

A su vez, desde los ministerios de Trabajo e Igualdad se desarrollará, por orden ministerial, las herramientas modelo que podrán ser utilizadas de forma gratuita por las empresas para el registro retributivo y valoración de los puestos de trabajo con el objetivo de tener una información desglosada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor.

Además, los reglamentos establecen que las comisiones negociadoras de los convenios colectivos deben asegurarse de que se respetan los criterios para una adecuada valoración de los puestos de trabajo.

Planes de igualdad

Las empresas deberán contar con planes de igualdad efectivos y específicos que pongan el énfasis en el diagnóstico con los efectos reales y sin reproducir estereotipos de género.

Se reforzará el carácter negociado que deben tener los planes de igualdad, por lo que se establecen reglas de legitimación y se clarifica el procedimiento de negociación, particularmente en aquellas empresas que no tienen representantes legales.


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