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Liberbank condenado nuevamente por censura sindical: Reincidentes

CENSURA SINDICAL

Tristemente la censura sindical no es algo nuevo en Liberbank, si ya de por sí pone trabas limitándonos el uso del correo electrónico o relegándonos al fondo de la intranet para la publicación de los comunicados sindicales, cuando algo le incomoda hace todo lo posible por evitar la difusión de esa información, pero en CCOO tenemos muy claro que no nos van a tapar la boca y lucharemos hasta donde haya que llegar por defender la libertad sindical y mantener a la plantilla informada como hemos hecho siempre.

Los últimos episodios de censura sindical los hemos vivido con dos comunicados publicados a lo largo de este año: “Fondos de inversión y Territorial excedido” y “Víctima de violencia de género despedida en la semana del 8-M”, en el primero de ellos quedaban manifiestas las amenazas ejercidas desde una territorial para conseguir ventas en fondos, y en el segundo su título lo dice todo.

Estos comunicados aunque figuran colgados en la intranet, fueron objeto de la censura Liberbank, ya que la empresa llegó a retrasar su publicación hasta doce días desde que se enviaron para la misma, y en ese intervalo de tiempo no se cortaron en tratar de intimidarnos para su no publicación o modificación del contenido, con llamadas telefónicas al Secretario General de nuestra Sección Sindical y enviándonos correos con expresiones   [...]


Este artículo se publicó originalmente en Unicaja (Sección Sindical Unicaja) ,


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del tipo: “Lamentamos no poder proceder a su publicación en los términos que se plantean, sin perjuicio de la modificación de determinados aspectos de su contenido que permitan hacerlo.“ ; “…Circular que remitieron hace unos días y cuyo contenido no se ajusta a la verdad, conteniendo manifestaciones que pudieran suponer la atribución de un hecho delictivo y , por tanto, de no ser cierto, constituirían un ilícito de injurias y calumnias…“; ”..les solicitamos que rectifique su contenido antes de proceder, en su caso, a la publicación…” .

Ante este deplorable comportamiento por parte de la empresa, en CCOO no dudamos en formular demanda en la Audiencia Nacional por tutela del derecho a la libertad sindical, cuyo juicio se ha celebrado en el mes de mayo y cuya sentencia favorable hemos recibido recientemente. En este punto reprochamos a Liberbank el que citase a nuestro Secretario General como testigo por parte de la empresa, como una medida más de intimidación.

Hay que recordar que en el 2012 ya se alcanzó un acuerdo en sede judicial en el que Liberbank se comprometía a: publicar en la intranet corporativa los comunicados emitidos por las Secciones Sindicales; realizar la publicación “sin ejercer veto o control”; a difundir sin comprobar su veracidad…. En el 2014 fueron condenados por este tema a cesar en su comportamiento y a indemnizar con 6.000€.

Pues cinco años más tarde, ahí continúan erre que erre con su censura, y así que la última sentencia es aún más contundente y contiene párrafos del tipo: “Puesto que el contenido de la libertad sindical se enriquece también con el de los acuerdos o pactos que la desarrollen, hemos de concluir que las conductas empresariales constituyen una violación frontal del derecho de información, agravado por los precedentes judiciales ya que, a pesar del compromiso alcanzado, y de la posterior sentencia de esta Sala de 10 de octubre del 2014, confirmada por el STS de 26-4-2016, ha persistido en su conducta incumpliendo lo pactado en la conciliación alcanzada en esta Sala en el procedimiento de conflicto colectivo”.

Por todo lo anterior el fallo de la sentencia es muy claro:…declaramos que la actuación de la empresa censurando y retrasando la publicación de los comunicados de CC.OO. de fechas 19 de febrero y 13 de marzo de 2019 ha vulnerado el derecho de libertad sindical, y, en consecuencia, condenamos a la empresa demandada a cesar de forma inmediata en dicho comportamiento y a indemnizar a CC.OO. con la cantidad de 15.000€..”.

Esperemos que de una vez por todas se den cuenta de que únicamente se tienen que limitar a la publicación de los comunicados sindicales sin entrar a vetar su contenido, sin embargo algo nos dice que pueden volver a caer en su costumbre, ya que en la conciliación previa se les propuso el establecimiento de un mecanismo automático que nos permitiese a los sindicatos su publicación instantánea y un espacio en la portada de la intranet, y lo vieron muy complicado, prefiriendo entrar a juicio sabiendo la que se les avecinaba.

La cuantía de la indemnización la destinaremos a continuar haciendo frente a esta empresa que parece que no tiene ningún problema en derrochar dinero en abogados, judicializando y recurriendo todos los temas, a pesar de saber que lo tienen perdido, mientras en las oficinas nos restringen hasta los sobres; y una vez más, consideramos que ya va siendo hora que algún alto directivo asuma responsabilidades por los quebrantos económicos ocasionados, totalmente evitables, si se comportasen con un mínimo de normalidad en el desempeño de sus funciones.


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