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PRIVACIDAD EN INTERNET
El Tribunal de Estrasburgo pone límites a la vigilancia de los correos en las empresas
Las empresas que controlen los correos electrónicos profesionales de sus empleados sin avisarles previamente y sin una justificación convincente contravienen la protección de la vida privada y la correspondencia de los ciudadanos. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó este martes que se vulneraron los derechos de Bogdan Barbulescu, un rumano de 38 años que en 2007 fue despedido de su empresa después de que esta accediese a mensajes suyos de carácter privado. Al darle la razón, el tribunal de Estrasburgo acota el derecho a vigilar la actividad online de los trabajadores en horario laboral.
Los límites de la privacidad de los trabajadores en el ámbito laboral están más claros desde este martes. En su sentencia, Estrasburgo no prohíbe a las empresas vigilar la comunicación profesional de sus empleados, ni tampoco que estos mantengan comunicaciones privadas en el lugar de trabajo, pero sí señala que en ambos casos deben establecerse límites.
La Gran Cámara del Tribunal de Estrasburgo, cuyas sentencias son inapelables, considera que en el caso Barbulescu, sus derechos estuvieron desprotegidos. Los tribunales rumanos, que habían avalado su despido y anterior acceso de la empresa a sus correos privados en varias instancias, violaron el artículo 8 del Convenio de los derechos humanos, cuyo primer párrafo reza: ?Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia?. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, establecido por el Consejo de Europa en 1959, vela por el respeto de los derechos humanos en los 47 estados.

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