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Convenio Colectivo del Comercio Textil de la provincia de Valencia
El Convenio obliga a todas las empresas que ejerzan la actividad del Comercio Textil, tanto de venta al detalle, como al mayor; y aquellas que simultáneamente con otras actividades la principal sea la de Comercio Textil. El presente Convenio es de aplicación obligatoria en todo el territorio de la Provincia de Valencia.
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Tomadura de pelo
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales